MP C/ FRANCISCO AGUSTÍN PARDO PAREDES Y OTROS
Rol
Fecha
10 de mayo de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA/CONFIRMADA
Hechos
Dgm. C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a diez de mayo de dos mil veinticuatro, se da inicio a esta audiencia a las 10:40 horas, ante la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro señor Alejandro García Silva, e integrada por el Ministra señor Pablo Droppelmann Cuneo y el Abogado Integrante señor Eduardo Morales Espinosa, para la vista del recurso de apelación deducido por la defensa, representada por el abogado Sr. Daniel Henríquez Mora, en causa RIT N°O-1227-2024 del Juzgado de Garantía de San Antonio, Rol de Corte N° Penal-1356-2024, en contra de la resolución de fecha dos de mayo de dos mil veinticuatro, que decretó mantener la medida cautelar de prisión preventiva en contra de los imputados Francisco Agustín Pardo Paredes, Álvaro Matías Vidal Hidalgo, Laura Stephany Vidal Hidalgo y Bernardita del Carmen Obando López. Asisten a la audiencia, por la defensa, el abogado Sr. Osvaldo Valenzuela Contreras, revocando y, por el Ministerio Público, la abogado asesora Sra. Gabriela Araneda Cruz, confirmando; quienes expusieron sus argumentos de lo que queda registro íntegro en el audio de la Sala, por lo que no serán reproducidos. Terminados los alegatos, el Sr. Presidente dio por finalizada la presente audiencia, dejando constancia que se puso término a las 10:58 horas. El Tribunal resuelve: Visto, oídos y teniendo presente: I.- Respecto al recurso de apelación deducido en favor de los imputados Francisco Agustín Pardo Paredes, Álvaro Matías Vidal Hidalgo, Laura Stephany Vidal Hidalgo: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, y de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de fecha dos de mayo de dos mil veinticuatro, que decreto mantener la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados. II.- Respecto al recurso de apelación deducido en favor de la imputada Bernardita del Carmen Obando
Fundamentos
considerando que otras medidas cautelares de menor intensidad indicadas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento, y de conformidad con lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha dos de mayo de dos mil veinticuatro, que decretó mantener la medida cautelar de la imputada Bernardita del Carmen Obando López, y en su lugar
Fallo
se declara que se la deja sin efecto, debiendo el tribunal a quo decretar en audiencia alguna de las medidas indicadas en el artículo 155 del referido Código. Dese inmediata orden de libertad a la imputada Bernardita del Carmen Obando López, en caso que no estuviera privada de ella por otra causa. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-1356-2024.
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a diez de mayo de dos mil veinticuatro, se da inicio a esta audiencia a las 10:40 horas, ante la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por el Ministro señor Alejandro García Silva, e integrada por el Ministra señor Pablo Droppelmann Cuneo y el Abogado Integrante señor Eduardo Morales Espinosa, para
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