SIN INFORMACION

GODOY RETAMALES CRISTÓBAL DANIEL/CENTRO DE MEDIDAS CAUTELARES DE SANTIAGO

Rol

Fecha

9 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Ramón Ignacio Vergara Aguilar, abogado, en representación de don Cristóbal Daniel Godoy Retamales, abogado, e interpone acción constitucional de amparo, en contra de la jueza del Centro de Medidas Cautelares de Santiago, doña Constanza Verónica Feliú Slater, por el actuar que estima arbitrario e ilegal, consistente en la dictación de resolución de 31 de enero de 2024, mediante la cual decretó medidas cautelares en contra del amparado. Todo ello, en causa RIT F-1501-2024, vigentes hasta que el fiscal solicite su cese o modificación en el Juzgado de Garantía Competente. Invoca que aquello vulnera el derecho constitucional de la libertad personal y seguridad individual, establecidos en el artículo N° 19 N°7 de la Constitución Política del Estado y, en definitiva, pide que se ordene modificar o dejar sin efecto las medidas cautelares ya decretadas en contra de don Cristóbal Daniel Godoy Retamales, ya individualizado, en la causa RIT F-1501-2024 del Centro de Medidas Cautelares de Santiago, sin que estas cautelares afecten su esfera de autonomía personal, oficiando al efecto. Señala que doña Romina Sabina Godoy Retamales, ingresó denuncia de violencia intrafamiliar con fecha 31 de enero de 2024, en contra de su representado, alegando una supuesta violencia ejercida contra ella, y la abuela y tía abuela de ambos. Reclama que el 31 de enero del 2024, el Centro de Medidas Cautelares de Santiago determinó en resolución judicial y con el sólo mérito de los hechos interpuestos en la denuncia, sin notificar a su parte, remitir los antecedentes a la Fiscalía competente y sin perjuicio de aquello, determinó cómo medidas cautelares la prohibición de acercamiento del amparado, a la denunciante, como también la salida inmediata de aquel del hogar común, en los términos que transcribe. Asimismo, se dispuso la prohibición de acercamiento del señor Godoy Retamales a quienes se sindican como víctimas, las personas adultas mayore

Fundamentos

fundamentos y que se sustenta en hechos falsos. Precisa que no se oyó a su representado y que tampoco se le notificó resolución alguna. Pormenoriza que en dicha causa, el Centro de Medidas Cautelares

Fallo

se declara incompetente y remite los antecedentes a la Fiscalía Metropolitana Oriente, sin perjuicio de decretar las cautelares objeto del presente recurso. A su vez, indica que la Fiscalía de Género de la región Metropolitana Oriente decretó el archivo provisional de las causas, en causas RUC Nº 2400150376-2 y Nº 2400144362-K, seguidos por las fiscales María José Avello y Patricia Varas Pacheco, respectivamente, que les fue remitida, por falta de antecedentes. Recrimina que su representado cuenta con una prohibición de acercamiento, que no tiene plazo de duración, y que no puede revocarse por no existir ninguna institución o tribunal con competencia para revisar las medidas. Sostiene que se ha tratado de dos meses de indefensión, para su representado. Destaca que interpone la presente acción, ya que la abuela de su representado, doña Marta Eliana Molina Muñoz, le ha solicitado su retorno urgente al hogar ubicado en Macul, por encontrarse sola y requerir sus cuidados. De ello desprende que es urgente poder revocar o modificar la medida cautelar existente, respecto de la cual no se ha podido discutir su validez ni su permanencia ante ningún tribunal. Plantea, a su vez, que la señora Silvia habría fallecido el 8 de febrero de 2024. Segundo: Que, a folio 8, evacúa informe la jueza titular del Tercer Juzgado de Garantía, Jueza Preferente del Centro de Medidas Cautelares de Santiago, doña Constanza Feliú Slater, quien considera que el presente arbitrio ha perdido oportunidad,

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Ramón Ignacio Vergara Aguilar, abogado, en representación de don Cristóbal Daniel Godoy Retamales, abogado, e interpone acción constitucional de amparo, en contra de la jueza del Centro de Medidas Cautelares de Santiago, doña Constanza Verónica Feliú Slater, por el actuar que

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