RAMÍREZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
9 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO. Comparece Ana Belén Ramírez Mora, venezolana deduciendo recurso de reclamación que confiere el artículo 141 de la Ley 21.325 en contra de la resolución dictada por el Servicio Nacional de Migraciones que dispone su expulsión del país, solicitando sea dejada sin efecto. Sostiene que ingresó a Chile con fecha 25 de septiembre de 2023, con su hija de 5 años, por la ciudad de Arica, manteniendo residencia en la Comuna de San Esteban. Hace presente que no mantiene antecedentes penales ni en Chile ni en su país de origen y que se ha desempeñado como asesora del hogar durante su permanencia en el país. Refiere que la dictación de esta resolución afecta su libertad personal. Acompaña antecedentes a su presentación Informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso,
Fundamentos
considerando que la extranjera ha ingresado por paso no habilitado por lo que no se ha incurrido en acto u omisión ilegal o arbitraria, que vulnere derechos. La decisión, dice, se ajusta a la normativa vigente, no siendo admisible que se espere una decisión distinta considerando la infracción cometida y reconocida por la recurrente. Refiere que la resolución exenta N°84 de fecha 7 de marzo de 2024, se ajusta a derecho por fundarse en el ingreso irregular de la extranjera. Hace presente que la extranjera no hizo uso de su derecho a ser oída en su oportunidad. Agrega que la decisión se encuentra fundada, por lo que es proporcional y la decisión se ha ajustado a la ley. Finaliza señalando que no se ha justificado por recurrente algún elemento que permita modificar lo resuelto. Con estos antecedentes, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando. Primero: Que el artículo 141 de la Ley 21.325 establece el recurso de reclamación en contra de la medida de expulsión decretada en contra de un ciudadano extranjero. Segundo: Que, la extranjera deduce en recurso en contra de la resolución exenta N°84 de fecha 7 de marzo de 2024. Tercero: Que, conforme a los antecedentes allegados a la causa, es un hecho no debatido que la recurrente ingresó a Chile de manera irregular, lo que constituye una de las causales que la ley consulta para disponer la expulsión del país, por lo que la decisión del Servicio Nacional de Migraciones se encuentra ajustada a Derecho y resulta proporcional, considerando además que la recurrente no ha justificado antecedentes fundados que permitan modificar la decisión de la autoridad, por lo que el recurso no puede prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 141 de la Ley N°21.325, se rechaza la reclamación interpuesta por Ana Belén Ramírez Mora en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Contencioso Administrativo-39-2024. En Valparaíso, nueve de mayo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO. Comparece Ana Belén Ramírez Mora, venezolana deduciendo recurso de reclamación que confiere el artículo 141 de la Ley 21.325 en contra de la resolución dictada por el Servicio Nacional de Migraciones que dispone su expulsión del país, solicitando sea dejada sin efecto. Sostiene que ingresó a Chile con fecha 25 de
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