SAMUEL IGNACIO MORALES PAINEVILO C/ ABRAHAM ISMAEL SEPULVEDA ORIA
Rol
Fecha
9 de mayo de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Corte que se cumplen con los requisitos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y respecto del presupuesto previsto en la letra c) de este artículo, teniendo en consideración que el imputado no goza de irreprochable anterior y la pena asignada al delito por el cual fue formalizado, que se traduce en que en la eventualidad de ser condenado no podrá optar a ninguna pena sustitutiva de la ley 18.216, SE CONFIRMA la resolución de fecha tres de mayo de dos mil veinticuatro, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado ABRAHAM ISMAEL SEPÚLVEDA ORIA. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-930-2024 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. A lo principal y otrosí del escrito folio 4 y a lo principal, primer y segundo otrosí del escrito folio 5: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, estimando esta Corte que se cumplen con los requisitos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Códig
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