SIN INFORMACION

ROJAS GUEVARA, PATRICIO GILBERTO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (2DO. SEMESTRE DE 2023)

Rol

Fecha

9 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que comparecen los abogados Rodolfo Alejandro Bórquez Galleguillos y Carla Javiera De Borguie Véjar, con domicilio en Av. El Santo N°1240, oficina 1, Edificio Soho, comuna de La Serena, por el condenado PATRICIO GILBERTO ROJAS GUEVARA, cédula nacional de identidad Nº13.423.112-2, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de La Serena, e interponen acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones de La Serena, por el acto que estiman ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la resolución Nº127-2024 de 08 de abril de 2024, que negó el beneficio de la libertad condicional a su representado, lo que compromete las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expresan que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 541 días de presidio menor en su grado medio, por el delito consumado de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades contemplado en el artículo 4 de la Ley N°20.000, en causa RIT 4480-2019 del Juzgado de Garantía de Copiapó; una pena de 21 días de prisión en su grado medio, por el delito de estafa residual, en causa RIT 21-2016 Juzgado de Letras y Garantía de Freirina; y una pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de tráfico ilícito de drogas contemplado en el artículo 3 en relación al artículo 1 de la Ley N°20.000 en causa RIT 61-2019, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó. Señalan que, de acuerdo a la información entregada por Gendarmería, el tiempo mínimo para optar al beneficio denegado se cumplió el 01 de diciembre de 2022, habiendo observado una muy buena conducta durante los últimos cuatro bimestres, y proyectándose el cumplimiento de la condena para el 02 de febrero de 2025. Sin embargo, señalan que la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio, por estimar que el amparado no cumplía los requisitos que permitieran demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, considerando que el interno presente un riesgo mediano de reincidencia, no presente conciencia de la gravedad del delito, como tampoco conciencia del mal causado, ni tampoco manifiesta un rechazo explícito a los delitos cometidos. Luego, hacen presente que con fecha 15 de marzo de 2024 se presentó recurso de amparo tramitado bajo el Rol 83-2024 de esta Corte, debido a que la resolución denegatoria de la Comisión de Libertad Condicional contenía errores en su fundamentación, según exponen. En virtud de ello, puntualizan que con fecha 19 de marzo de 2024 fue acogida tal acción de amparo, ordenándose a Gendarmería de Chile elaborar un nuevo informe psicosocial, en el que, en particular, se abordaran las circunstancias que rodean la situación de invalidez que afecta al amparado. Conforme a lo anterior, indican que el 27 de marzo de 2024 Gendarmería de Chile

Fallo

se resuelve que se le concede el referido beneficio al amparado. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°156-2024 (Amparo).

Texto Completo (Preview)

Rojas Guevara, Patricio Gilberto Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol Nº156-2024.- La Serena, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: PRIMERO: Que comparecen los abogados Rodolfo Alejandro Bórquez Galleguillos y Carla Javiera De Borguie Véjar, con domicilio en Av. El Santo N°1240, oficina 1, Edificio Soho, comuna de La Serena, por el condenado PATRICIO GILBE

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica