JUZGADO DE GARANTIA DE ANGOL

PAOLA BEATRIZ SARAVIA NAVARRETE C/ JOSE ENRIQUE NEIRA NEIRA

Rol

Fecha

9 de mayo de 2024

Materia

PREVARICACION.ARTS. 223, 224, 225, 226, 227, Y 228.

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de la certificación precedente y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal, se declara ABANDONADO el recurso interpuesto por el abogado Jorge Luis Avendaño Polanco, en contra de la resolución de fecha diecinueve de abril del año dos mil veinticuatro, que consta en la carpeta digital. Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-888-2024.(jog)

Fallo

se declara ABANDONADO el recurso interpuesto por el abogado Jorge Luis Avendaño Polanco, en contra de la resolución de fecha diecinueve de abril del año dos mil veinticuatro, que consta en la carpeta digital. Comuníquese lo resuelto al Tribunal A quo y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-888-2024.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. Al folio N° 5: A lo principal y al primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: No encontrándose disponible dicha forma de notificación en el sistema informático interno, no ha lugar. VISTO: Atendido el mérito de la certificación precedente y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 358 inciso 2° del Código Procesal Penal,

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