COOPERATIVA COOPEUCH/ORTEGA (LTE)
Rol
Fecha
9 de mayo de 2024
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente: Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 499 del Código de Procedimiento Civil la oportunidad para fines de la solicitud de adjudicación efectuada por el ejecutante al Tribunal no se encuentra limitada a un solo acto procesal. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha veintidós de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar se decide, que el juez a quo deberá resolver conforme a derecho la petición efectuada por la parte ejecutante de folio 99. Comuníquese N°Civil-5327-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha veintidós de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar se decide, que el juez a quo deberá resolver conforme a derecho la petición efectuada por la parte ejecutante de folio 99. Comuníquese N°Civil-5327-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo únicamente presente: Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 499 del Código de Procedimiento Civil la oportunidad para fines de la solicitud de adjudicación efectuada por el ejecutante al Tribunal no se encuentra limitada a un solo acto procesal. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 186
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