13º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ DILAN JORDAN GARRIDO SANDOVAL Y HECTOR FELIPE ULLOA MUÑOZ

Rol

Fecha

9 de mayo de 2024

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos a los intervinientes: Que no se han cuestionado los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Respecto de la letra c) del citado artículo, esta Corte concuerda con los

Fundamentos

fundamentos esgrimidos en la resolución que se revisa, para concluir que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, considerando la naturaleza del delito, la forma de comisión, la gravedad del mismo, el bien jurídico afectado, que estamos frente a una pena de crimen, el hecho que los imputados actuaron en grupo o pandilla. Además, consideramos que el imputado Dilan Garrido no tiene irreprochable conducta anterior, pues de los antecedentes aquí expuestos aparece que tiene una condena de 30 marzo del 2023 y que se le había otorgado una pena sustitutiva, que por supuesto se va a tener que revocar. Ahora, respecto del imputado Ulloa, si bien es cierto que fue condenado como menor, existe claramente, para esta Corte, un peligro de reiteración, por cuanto, esa anotación que tiene y esa condena es respecto de un robo con intimidación, mismo delito por el cual ha sido formalizado. Por lo tanto, tal como lo decidió el Tribunal a quo, esta Corte estima que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por estos fundamentos y lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de treinta de abril del presente año, dictada por el Décimo Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra de los imputados Dilan Jordan Garrido Sandoval y Héctor Felipe Ulloa Muñoz. Comuníquese. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. Sala: Sexta Rol Corte: Penal-2763-2024 Ruc: 2300624779-2 Rit : O-2696-2023 Juzgado: 13º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señora Marisol Andrea Rojas Moya, el Ministro (S) señor Fernando Guzman Fuenzalida y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida Relator: Nathalie Monares Digitador

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