C/ PATRICIO ALEJANDRO CACERES TOLOSA
Rol
Fecha
9 de mayo de 2024
Materia
RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En los autos seguidos ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, bajo el rit N° 26-2024, RUC 2300143711-9, rol I.C. 1032-2024, el defensor penal público don Gonzalo Yuseff Quirós, por el imputado don Patricio Alejandro Cáceres Tolosa, ha presentado un recurso de nulidad en contra de la sentencia de veintisiete de marzo de dos mil veinticuatro dictada por el mencionado tribunal, que condenó a su representado como autor de un delito consumado de receptación de vehículo motorizado, descubierto en el sector de Los Molles, comuna de La Ligua, el 5 de febrero de 2023, a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y multa de dos Unidades Tributarias Mensuales; y como autor de un delito consumado de conducir un vehículo motorizado con placas patentes correspondientes a otro vehículo, descubierto en el sector de Los Molles, comuna de La Ligua, el 5 de febrero de 2023, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de dos Unidades Tributarias Mensuales, a las penas accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena y a la accesoria de suspensión o inhabilitación para obtener licencia de conducir por cinco años, por su responsabilidad como autor del delito de conducir vehículo motorizado con placas patentes correspondientes a otro vehículo, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e) de la Ley N°18.290. Funda su recurso en la causal de nulidad contemplada en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, de haberse pronunciado la sentencia con una errónea aplicación del derecho que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Solicita que se invalide la respectiva resolución y se dicte una sentencia de reemplazo. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que, como se ha indicado, el motivo de nulidad invocado en el recurso es el de la letra b) del artículo 373 del Código Procesal Penal. El error de derecho que se atribuye al
Fallo
fallo es considerar que un mismo hecho constituye dos delitos distintos, receptación y conducción de un vehículo motorizado con placas patentes correspondientes a otro vehículo. Afirma que el delito de receptación “incluye otras infracciones asociadas a la infracción principal”, pues habría un concurso aparente de leyes penales que determina que “la Receptación por su mayor gravedad debe ser el título punitivo preponderante que desplaza otras posibles incriminaciones referidas a la circulación de vehículos”. SEGUNDO: Que se ha entendido que hay concurso aparente de leyes penales cuando “un hecho delictivo, aparentemente, podría adecuarse en distintas figuras penales, pero que en realidad, atendida la naturaleza de su injusto, lo es en una sola de ellas, quedando las demás totalmente desplazadas” (Garrido Montt, Mario, Derecho Penal. Parte General, tomo II, segunda edición, Editorial Jurídica de Chile, 2005, p. 456). Para que exista esta apariencia de concurso es necesario que las figuras penales se encuentren en una relación de especialidad o consunción. Habrá una relación de especialidad cuando entre los tipos existe un vínculo de género a especie, que impide que puedan concurrir coetáneamente en un mismo hecho, como puede ocurrir entre el homicidio y el parricidio. Habrá, por su parte, una relación de consunción si “al describir un comportamiento prohibido, puede –con esa descripción– abarcar conductas punibles que ya han sido descritas por otros tipos penales, de modo q
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Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: En los autos seguidos ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, bajo el rit N° 26-2024, RUC 2300143711-9, rol I.C. 1032-2024, el defensor penal público don Gonzalo Yuseff Quirós, por el imputado don Patricio Alejandro Cáceres Tolosa, ha presentado un recurso de nulidad en contra de la sentencia de ve
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