ROSANGELA JAIMES ARAQUE CONTRA MIGRACION
Rol
Fecha
10 de mayo de 2024
Materia
OTRAS MATERIAS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política de la República, dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado, perturbado o privado, a fin de disponer las medidas de protección o de restablecimiento del derecho conducentes a poner término inmediato a la vulneración de derechos. 2°.- Que de los hechos expuestos en la presentación de folio 1, en relación con lo señalado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se colige que la acción presentada no reúne los requisitos que permitan declarar su admisibilidad, excediendo la naturaleza cautelar de la acción de protección, pues los hechos a que se refiere son idénticos a los ya conocidos en el ingreso Rol Corte 35-2024, en que se resolvió un recurso de protección presentado por la misma recurrente, y referido a la misma omisión cuestionada. Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en el numeral 2º del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección, se declara inadmisible el interpuesto por la recurrente Rosangela Jaimes Araque. Archívese . Rol Protección N° 767-2024.//mcbv.
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en el numeral 2º del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección, se declara inadmisible el interpuesto por la recurrente Rosangela Jaimes Araque. Archívese . Rol Protección N° 767-2024.//mcbv.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, diez de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política de la República, dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado,
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