SIN INFORMACION

AMIDE JEAN / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

9 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO. A folio 1, con fecha 6 de mayo de 2024, se deduce recurso de amparo en favor de Amide Jean en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la falta de pronunciamiento respecto a la solicitud de residencia temporal solicitada en noviembre de 2022, por estimar vulnerada su libertad personal y seguridad individual, según los

Fundamentos

fundamentos que expone. Explica que en el mes de noviembre de 2022 realizó solicitud de Residencia Temporal bajo el número 58284966, sin que el Servicio se haya pronunciado hasta la fecha. Añade que con la demora del Servicio se afecta su libertad personal, así como la convención de derechos del niño y el principio de celeridad administrativa. Acompaña antecedentes a su presentación A folio 4, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, considerando que no es la vía para agilizar trámites administrativos, sin que exista una actuación ilegal que afecte la libertad personal de la amparada. Hace presente que no se trata de una sanción y que la solicitud referida por la recurrente no se encuentra registrada, por lo que no es posible emitir un pronunciamiento al respecto. Con estos antecedentes, se trajeron los autos en relación Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega su inciso tercero, que el mismo recurso podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Segundo: Que, del análisis de libelo de inicio, es posible dejar asentado que aquello que se cuestiona por la amparada es la demora del Servicio Nacional de Migraciones en la tramitación de su solicitud de residencia temporal. Tercero: Que, conforme a lo informado por el Servicio, el recurso de amparo no es la vía idónea para resolver el asunto controvertido, no existiendo una actuación ilegal que afecte la libertad personal de la amparada, no siendo admisible que se utilice esta herramienta como un medio para acelerar la tramitación de procedimientos administrativos. Cuarto: Que, de los antecedentes allegados a la causa aparece con claridad que la solicitud de la extranjera no fue finalizada, tal como se lee del documento acompañado al recurso que indica respecto del número de solicitud identificado N°58284966 “este ID corresponde a un trámite incompleto”, por lo que no ha existido una omisión ilegal de parte del Servicio, lo que redunda en la inexistencia de una afectación a la libertad personal de la amparada por lo que el recurso no puede prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido a favor de Amide Jean en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Que, sin perjuicio de lo resuelto, se ordena al Servicio Nacional de Migraciones que tome contacto con la recurrente a fin de informarle y guiarle en el procedimiento que debe realizar para materializar la solicitud de residencia temporal en forma, con independencia de las medidas que adopte la propia extranjera para regularizar su situación migratoria en el país. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1088-2024. En Valparaíso, nueve de mayo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO. A folio 1, con fecha 6 de mayo de 2024, se deduce recurso de amparo en favor de Amide Jean en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la falta de pronunciamiento respecto a la solicitud de residencia temporal solicitada en noviembre de 2022, por estimar vulnerada su libertad personal y seguridad individual,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica