FLEURISSAINT JEFFLY/POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
8 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Pedro Elmine, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Jeffly Fleurissaint, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, específicamente la Policía Internacional, por la retención ilegal del amparado el día 29 de abril de 2024, impidiéndole el ingreso al país y amenazando con efectuar su expulsión del territorio nacional. En cuanto a los hechos, señala que el amparado es un menor de edad de nacionalidad haitiana que viajó a Chile con la esperanza de reunirse con su familia, don Sonel Fleurissaint y doña Alta Mytil, quienes cuentan con residencia temporal en nuestro país. Agrega que, actualmente tiene una solicitud de regularización migratoria en trámite en Chile. Además, indica que la vida del amparado corre peligro en Haití debido al contexto social, político y económico de dicho país, que se encuentra al borde de una guerra civil, por lo que el viaje a Chile tiene como objetivo salvaguardar su integridad física y personal, en calidad de refugiado. Sostiene que cuenta con un trámite de regularización avanzado en el Servicio Nacional de Migraciones, con un comprobante de envío de solicitud de residencia temporal de fecha 09 de diciembre de 2022, bajo el número de resolución 58955498. Sin embargo, al llegar al Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez el 29 de abril de 2024, el menor de edad fue retenido por funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile, quienes le indicaron que la documentación presentada para ingresar al país no era verídica, desconociendo la legalidad de los documentos señalados. Además, se informa que ha recibido amenazas de ser expulsado a su país de origen. Estima que la retención del amparado por parte de la Policía de Investigaciones carece de fundamento y resulta arbitraria, infringiendo las normas del Derecho Internacional y atentando contra los principios de no discriminación, no devolución y reunificación familiar, vulnerando así su derecho a l
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza la acción de amparo deducida en favor de Jeffly Fleurissaint en contra de la Policía de Investigaciones. Se previene que el Ministro señor Zepeda, concurre al rechazo de la acción por estimar que ya no existen medidas que puedan ser adoptadas en relación al recurrente, por cuanto no se encuentra en el territorio nacional. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-1026-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, ocho de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Pedro Elmine, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Jeffly Fleurissaint, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, específicamente la Policía Internacional, por la retención ilegal del amparado el día 29 de abril de 2024, impidiéndole el ingreso al
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