SIN INFORMACION

RECURRENTE:DANIELA ALISTE CAÑAS APODERADA DE RENATA ERAZO RECURRIDO:LICEO MARIA AUXILIADORA SANTA CRUZ

Rol

Fecha

8 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Con fecha 12 de marzo del año 2024, comparece doña Daniela Aliste Cañas en su calidad de apoderada de Renata Erazo Aliste, cédula de identidad 16.309.952-7, domiciliada en Millahue de Apalta, comuna de Santa Cruz y vienen en deducir recurso de protección en contra del Liceo María Auxiliadora de Santa Cruz en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que en su presentación expuso. Indica que luego de que la Corte de Apelaciones falló en su favor en el ingreso, recurso de protección 3115-2023, por cancelación de la matrícula de su hija, el establecimiento tuvo la obligación de matricularla en el colegio, sin embargo, nuevamente se están vulnerando sus derechos. Explica que durante el mes de diciembre la llamaron para preguntarle si existía la forma de cambiar a su hija de curso porque ni podían estar 2 niñas juntas en el mismo curso a lo cual esta indico que no, ya que su hija no es la que tiene problemas y el reglamento escolar establece que si su hija tuviese problemas, es ella la que debe solicitar el cambio y no el resto. Agrega que durante el primer día de clases a su hija la sacaron sin pudor de su sala y la profesora de convivencia escolar le dijo que saliera de la sala ya que no era la suya, esto delante de todas sus compañeras, por lo que esta tomo sus cosas y se fue a convivencia escolar y en medio de una crisis de angustia la llamó y le contó llorando lo que sucedió. Asegura que su hija esta muy afectada con tolo lo que esta pasando, afirmando que hay un informe psicológico de su doctora donde indica todo lo que le repercutió en su estado emocional esta situación. Con fecha 1 de abril del año 2024 informó la Superintendencia de Educación, señalando que con fecha 4 de marzo de 2024, Sra. Daniela Aliste Carlas, apoderada de alumna Renata Erazo Aliste alumna del establecimiento educacional Liceo María Auxiliadora R.B.D 2580-1 de la comuna de Santa Cruz, es atendida de forma presencial en oficinas de Unidad de Protección de Derechos Educacionales, manifestando su disconformidad por cambio de curso de su hija Renata Erazo Aliste, según lo relatado esta información fue entregada a la apoderada por establecimiento educacional en diciembre de 2023, quien en ese momento declara no estar de acuerdo. Agrega que Profesional de la Unidad de Protección Derecho Educacionales, luego de analizar lo informado por Sra. Daniela Aliste Cañas, según Resolución Exenta N° 0178 que Aprueba el Procedimiento de Gestión de Denuncias en las Unidades Regionales de Protección de Derechos Educacionales de Superintendencia de Educación y Resolución Exenta N° 0228 de fecha 05 de marzo de 2024, que Modifica Resolución Exenta N° 0178/2023 ambas resoluciones dictada por el Superintendente de Educación, resuelve remitir gestión previa o formulario ciudadano CAS.62136, Instando a establecimiento educacional al dialogo velando por una buena convivencia escolar, documento enviado al establecimiento educacional a correo electrónico informados a esta institución por entidad sostenedora con fecha 05 de marzo de 2024. Señala que con fecha 11 de marzo de 2024, Coordinadora de Convivencia solicita entrevista con apoderada Sra. Daniela Aliste, para informarlo siguiente: a) Se analiza el caso por Comité de la Buena Convivencia. b) Se concluye que no existen las condiciones para realizar media

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso deducido por doña Daniela Aliste Cañas en su calidad de apoderada de Renata Erazo Aliste, en contra del Liceo María Auxiliadora de Santa Cruz. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte 571-2024 Protección.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua ocho de mayo de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 12 de marzo del año 2024, comparece doña Daniela Aliste Cañas en su calidad de apoderada de Renata Erazo Aliste, cédula de identidad 16.309.952-7, domiciliada en Millahue de Apalta, comuna de Santa Cruz y vienen en deducir recurso de protección en contra del Liceo María Auxiliadora de Santa Cruz en virtud de los funda

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