2º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ FABIAN ANDRES CARRASCO OTEIZA

Rol

Fecha

8 de mayo de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

RECHAZADA (DEL ACUERDO)

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Hechos

VISTOS: En estos antecedentes RIT 17-2024, RUC 2300816522-K, por sentencia de fecha 15 de marzo de 2024, dictada por el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, se condenó a Fabián Andrés Carrasco Oteiza a sufrir la pena de siete años y seis meses de presidio mayor en su grado mínimo y a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito frustrado de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 440 Nº1 del Código Penal, cometido el día 30 de julio de 2023, en la comuna de Recoleta, en perjuicio de César Antonio Alvarado González. Contra dicho fallo la Defensora Penal Pública doña Carolina Zúñiga Ponce, en representación del condenado, recurrió de nulidad en contra de la sentencia, invocando como causal la prevista en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal esto es, que en su pronunciamiento se ha hecho una errónea aplicación del derecho que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, ello al producirse una supuesta infracción al artículo 440 Nº1 en relación al artículo 442, ambos del Código Penal. Concedido el recurso por el tribunal a quo, se elevaron copias del registro de audio y la carpeta que consigna la sentencia del juicio de que se trata. La Corte declaró admisible el recurso y procedió a conocerlo en la audiencia del día veintitrés de abril del presente año. Se llevó a cabo la vista del recurso, con la intervención del abogado de la defensa don Matías García Muñoz, y por parte del Ministerio Público doña Natalia Díaz San Martín. Se ha fijado para el día de hoy, a las 13.30 horas, la lectura del fallo. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que la defensa del encartado ha interpuesto un recurso de nulidad contra el

Fallo

fallo la Defensora Penal Pública doña Carolina Zúñiga Ponce, en representación del condenado, recurrió de nulidad en contra de la sentencia, invocando como causal la prevista en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal esto es, que en su pronunciamiento se ha hecho una errónea aplicación del derecho que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, ello al producirse una supuesta infracción al artículo 440 Nº1 en relación al artículo 442, ambos del Código Penal. Concedido el recurso por el tribunal a quo, se elevaron copias del registro de audio y la carpeta que consigna la sentencia del juicio de que se trata. La Corte declaró admisible el recurso y procedió a conocerlo en la audiencia del día veintitrés de abril del presente año. Se llevó a cabo la vista del recurso, con la intervención del abogado de la defensa don Matías García Muñoz, y por parte del Ministerio Público doña Natalia Díaz San Martín. Se ha fijado para el día de hoy, a las 13.30 horas, la lectura del fallo. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Primero: Que la defensa del encartado ha interpuesto un recurso de nulidad contra el fallo pronunciado, indicando que el día 15 de marzo de 2024, se realizó ante el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, la audiencia de juicio oral para abordar la acusación del Ministerio Público contra su representado. El recurso se fundamenta en la causal de nulidad prevista en la letra b) del artículo 373 del Código Procesal Penal, que señala

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, ocho de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: En estos antecedentes RIT 17-2024, RUC 2300816522-K, por sentencia de fecha 15 de marzo de 2024, dictada por el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, se condenó a Fabián Andrés Carrasco Oteiza a sufrir la pena de siete años y seis meses de presidio mayor en su grado mínimo y a la accesoria de inhabilita

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