FULVIA GONZÁLEZ PEREIRA / MIMET S.A.
Rol
Fecha
8 de mayo de 2024
Materia
RECARGOS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En estos autos RIT O-563-2023 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, por sentencia de doce de diciembre de dos mil veintitrés, rectificada el día catorce de ese mes y año, se rechazó en su integridad la demanda que dedujo doña Fulvia González Pereira en contra de MIMET S.A., mediante la cual solicitó la declaración de despido injustificado y las indemnizaciones y prestaciones consecuentes. En contra de esta resolución, la parte demandante dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, en su hipótesis de infracción de ley, que dispone en dos capítulos; por el primero denuncia la vulneración de lo dispuesto en el artículo 181 inciso segundo del mismo texto legal; y, por el segundo, la del artículo 13 de la Ley N.º 19.578. Esta Corte declaró admisible el recurso, y se procedió a la vista de la causa el día dos de febrero pasado; se escucharon los alegatos y quedó la causa en estado de acuerdo.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, en su primer extremo, la parte recurrente sostiene su arbitrio, señalando que el
Fallo
fallo impugnado, al considerar ajustado a derecho el despido del cual fue objeto desconoció los requisitos y calidades previstas en el artículo 161 inciso segundo ya citado, relativo al concepto de trabajador de exclusiva confianza. Expresa que dicha norma, ostenta un carácter restrictivo, que hace únicamente aplicable la causal de despido del artículo 161 citado, a quienes el texto legal expresamente autoriza, a saber: i) Trabajadores que tienen poder para representar al empleador, tales como gerentes, subgerentes, agentes o apoderados, siempre que estén dotados a lo menos de facultades generales de administración; ii) Trabajadores de casa particular; y iii) Trabajadores que tienen cargos o empleos de exclusiva confianza del empleador, cuyo carácter de tales emane de su naturaleza, atribuyéndole, erradamente a la actora, la calidad de trabajadora que tiene cargo o empleo de exclusiva confianza en circunstancias que ello no corresponde a la realidad, al no ajustarse a los requerimientos legales. En efecto, expresa que el fallo recurrido estableció que la trabajadora desempeñaba el cargo de jefa de Tesorería, y que, al estar encargada del manejo de flujos financieros, concluyendo de ello, que tiene facultades de representación, y por ello debe entenderse que es de exclusiva confianza, sin que sea necesario para ello, que cuente con facultades generales de administración; de modo que, impropiamente considera las facultades del cargo para arribar a dicha conclusión, confundiénd
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San Miguel, ocho de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: En estos autos RIT O-563-2023 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, por sentencia de doce de diciembre de dos mil veintitrés, rectificada el día catorce de ese mes y año, se rechazó en su integridad la demanda que dedujo doña Fulvia González Pereira en contra de MIMET S.A., mediante la cual solicitó la declaración de despido in
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