JUZGADO TRIBUNAL ARBITRAL

CARRERA CON MARQUEZ

Rol

Fecha

8 de mayo de 2024

Materia

OTRAS MATERIAS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes, teniendo presente que la prórroga del plazo por el cual el árbitro mantiene jurisdicción requiere acuerdo expreso y unánime entre todas las partes, lo que no sucede en la especie y visto lo dispuesto en el artículo 232 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, se confirma la resolución de fecha veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés, pronunciada por la Jueza Árbitro doña Andrea Garrido Schmidt, que no hizo lugar a la ampliación de plazo para la substanciación del juicio arbitral. No firma el Presidente don Patricio Rondini Fernández-Dávila, no obstante haber concurrido a la vista de la presente causa, por encontrarse con feriado legal. Devuélvase. Rol Civil N° 271-2024.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, ocho de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: El mérito de los antecedentes, teniendo presente que la prórroga del plazo por el cual el árbitro mantiene jurisdicción requiere acuerdo expreso y unánime entre todas las partes, lo que no sucede en la especie y visto lo dispuesto en el artículo 232 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales, se confirma la resolución de fecha veinti

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