CASTOR / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
8 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Brunette Castor, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de Resolución Exenta N°24192284, de fecha 24 de abril del 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva de la amparada y dispuso su abandono del país, lo que estima conculca su libertad ambulatoria. En cuanto a los hechos, explica que tras su ingreso al país comenzó los trámites para regularizar su situación migratoria y trabajando de manera formal. Explica que, en ese contexto, cumpliendo los requisitos legales, solicitó la residencia definitiva ante la autoridad recurrida. La resolución que por esta vía se impugna rechazó su solicitud fundado en que no realizó el pago de la sanción del artículo 107 de la Ley 21.325 (por permiso de residencia o permanencia expirado). Indica que el mismo día que fue notificada del pago de la sanción, realizó el cálculo y envió el comprobante de la multa. Agrega que vive en el país con su esposo de nacionalidad haitiana y su hijo de 6 años de nacionalidad chilena, de manera tal que, la orden de abandono dispuesta, resulta desproporcionada y vulnera el principio de reunificación familiar. Solicita, en definitiva, que se deje sin efecto la resolución recurrida, revocando la orden de abandono y ordenando a la recurrida para que, dentro de un plazo prudente, le solicite el pago de multa y luego resuelva conforme a derecho. A folio 4, se evacúa informe por el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Señala que con fecha 26 de septiembre de 2022 la extranjera recurrente solicitó la residencia definitiva, encontrándose vencida su residencia anterior con fecha 17 de abril de 2022, por tanto, postuló encontrándose irregular en el territorio nacional, en virtud de lo cual se cursó la multa correspondiente. Así, con fecha 04 de abril de 2023, se le informó que debía pagar la multa por residencia irregular, esto es, infracción al ar
Fundamentos
considerando: Primero: Que, por la presente vía cautelar, se solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°24192284, de fecha 24 de abril del 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó la solicitud de residencia definitiva de la actora y dispuso su abandono del país, fundado en que no cumplió con pagar la multa impuesta como sanción por residencia irregular. Segundo: Que, si bien la recurrente acompaña comprobante de pago de sanción, aquella corresponde a la sanción dispuesta en el artículo 106 de la Ley 21.325, en circunstancias que, la causal de rechazo de su solicitud, es no haber realizado el pago de la sanción impuesta en el artículo 107 de la misma ley, de manera que no es posible establecer que haya realizado el pago correspondiente. Tercero: Que, sin perjuicio de lo antes expuesto, del mérito de los antecedentes acompañados en autos, consta que la amparada cuenta con arraigo familiar en el país, toda vez que tiene un hijo de nacionalidad chilena, de manera tal que, la orden de abandono resulta desproporcionada y vulneratoria de su libertad personal, ya que de no cumplirse voluntariamente con el abandono decretado, la autoridad migratoria puede disponer la expulsión de la afectada, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 numeral 3° de la Ley 21.325. Asimismo, la existencia de la misma le impide regularizar su situación migratoria, toda vez que constituye una causal de inadmisibilidad de las presentaciones ante el Servicio recurrido; motivo por el cual se acogerá la presente acción como se dirá en lo resolutivo.
Fallo
por tanto, postuló encontrándose irregular en el territorio nacional, en virtud de lo cual se cursó la multa correspondiente. Así, con fecha 04 de abril de 2023, se le informó que debía pagar la multa por residencia irregular, esto es, infracción al artículo 107 de la Ley 21.325. Además, se le requirieron otros antecedentes y el pago de los derechos de la residencia definitiva, otorgándole un plazo de 60 días para cumplir. Luego, habiendo pagado los derechos de la residencia únicamente –no la sanción- y habiendo remitido antecedentes, nuevamente se le comunicó que debía realizar el pago de la sanción del mencionado artículo 107. Indica que la extranjera no realizó la gestión requerida por este Servicio, no hay constancia que la extranjera recurrente efectuará un cálculo de multa y se sancionará por residencia irregular, no acompañando en autos copia de estos documentos, toda vez que el comprobante de Pago de fecha 1 de junio de 2024, que acompaña, no corresponde a una sanción por residencia irregular, sino que corresponde a un inicio de procedimiento de sanción por no cedular, contemplada en el artículo 106 de la Ley 21.325. Así, no habiendo subsanado dentro de plazo su presentación, mediante la resolución que se impugna en autos se rechazó su solicitud, por no acompañar el pago requerido, y se dispuso su abandono del país en 10 días. Agrega que no se ha presentado solicitud administrativa alguna. Respecto a la causal de rechazo, señala que el artículo 88 N°1 de la Ley N°
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C.A. de Valparaíso Valparaíso, ocho de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Brunette Castor, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de Resolución Exenta N°24192284, de fecha 24 de abril del 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva de la amparada y dispuso su abandono del país,
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