C/ FRANCISCA IGNACIA ENEI VIDAL
Rol
Fecha
8 de mayo de 2024
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto Que, del mérito de las alegaciones vertidas en estrados,
Fundamentos
considerando la dinámica de los hechos formalizados, es del parecer de esta Corte, que la seguridad de la sociedad, así como el éxito de las diligencias de investigación, pueden garantizarse a través de medidas cautelares de menor intensidad que aquella impuesta por el a quo.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 122, 139, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución veintinueve de abril pasado, y en su lugar se imponen a Jesús David Vera Vargas las medidas cautelares de arresto domiciliario parcial nocturno entre las 22:00 y las 06:00 del día siguiente, arraigo nacional, y prohibición de tener contacto con los demás imputados de esta causa. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-504-2024.-
Texto Completo (Preview)
C.A. Chillán mgab/cpr Chillán, ocho de mayo de dos mil veinticuatro. Visto Que, del mérito de las alegaciones vertidas en estrados, considerando la dinámica de los hechos formalizados, es del parecer de esta Corte, que la seguridad de la sociedad, así como el éxito de las diligencias de investigación, pueden garantizarse a través de medidas cautelares de menor intensidad que aquella impuesta por e
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