SIN INFORMACION

FUNDACION VALIDAME/COMPIN MAULE

Rol

Fecha

7 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1 comparece por Marcia Andrea Valderrama Villalobos la Fundación Valídame, Rut 65.065.759-4, en contra de Isapre Colmena S.A.(sic) y en contra de Compin De La Región del Maule(sic) y pide dejar sin efecto la resolución administrativa que rechazó las licencias médicas de noviembre de 2023 a la fecha de la vista de la causa ,situación que vulnera las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 numerales 1, 2, 9, 14 , 24 y 26 de la Constitución Política de la República. Señala que con fecha 23 de agosto de 2023 , Marcia Valderrama Villalobos suscribió una solicitud de evaluación y calificación del grado de invalidez del art. 4° y 11° del D.L. 3.500 de 1980 , por una serie de impedimentos, entre ellos, fribomalgia, diabetes, depresión e intentos suicidas más riesgos de hetro y autoagresión. Menciona que con fecha 15 de noviembre impetra apelación en contra del Dictamen N° 008.7401/2023 que otorgo un 1 % de invalidez a su representada, sin considerar los impedimentos de salud mental y que actualmente se encuentra en trámite de apelación en la Comisión Medica Central, la que a pesar de las insistencias de la compareciente, aún no ha emitido el certificado de invalidez. Señala que su “ patología principal” , que no precisa, se arrastra desde hace más de cinco años , que cuenta con licencias continuas , todas aprobadas desde junio de 2023 hasta la última, folio de licencia 3-94811826, con un periodo de reposo del 18 de noviembre de 2023 hasta el 17 de diciembre de 2023. Indica que Isapre Colmena, a la cual se encuentra afiliada su representada no solo ha rechazado su licencia médica sino que además no le pagan los subsidios por incapacidad laboral y que ha sido sometida a un sistema de cobranza y hostigamiento, “rayando en lo amoral por parte de la misma Isapre que ruega por formas de pago reducida y flexible para la deuda que tiene con sus afiliados”. Que no se explica el rechazo de la licencia médica y lo más grave es que esta denegación de derechos es refrendada por el actuar de la Compin que informa el rechazo de la licencia médica y no se pronuncia respecto de ella, por este motivo con fecha 29 de noviembre de 2023 se ha impetrado reclamo en la Compin para que ordene aprobar la licencia médica correspondiente. Que la sola fundamentación del reposo prolongado no es suficiente para rechazar la licencia médica y las posteriores, puesto que si la Isapre recurrida considera que la enfermedad de la recurrente no tiene derecho a subsidio por reposo prolongado, evidentemente rechazará las siguientes, sin perjuicio que su representada está cumpliendo con todas las guías ministeriales y en el sistema GES. Asimismo alega que el rechazo importa un acto ilegal y arbitrario respecto de las garantías constitucionales y de las leyes que amparan a su representada. Solicita en definitiva , se acoja el recurso de protección ,dejando sin efecto la resolución administrativa ya individualizada y decretar que se aprueben

Fallo

por lo expuesto, queda en evidencia que Isapre Colmena Golden Cross S.A. no ha incurrido en ningún acto arbitrario o ilegal frente a la recurrente Marcia Adriana Valderrama Villalobos que deba enmendarse por esta vía constitucional, por lo que necesariamente el recurso de protección deberá ser rechazado por improcedente. CUARTO: Que la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República , ha sido establecida en favor de quien , por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación , perturbación u amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19mde la Coarta Fundamental. QUINTO: Que, para que el recurso de protección pueda prosperar, resulta necesario que se encuentren claramente acreditadas, tanto el hecho como lo sustenta, como la vulneración efectiva de los derechos de quien recurre. Asimismo, preciso es constatar que dicha vulneración proviene de una actuación ilegal y/o arbitraria de parte del o los recurridos. SEXTO: Que, entrando al fondo del recurso en análisis, se puede establecer lo siguiente: 1°) Que consta de la acción impetrada e informe de la recurrida, como de los antecedentes allegados al presente recurso que la recurrente tiene 56 años y acumula, según el informe de la recurrida Compin Región del Maule 96 días de licencia médicas, encontrándose afiliada a la Isapre Golden Cross S.A., también recurrida, con licencias médicas emitidas por Médi

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Talca, siete de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1 comparece por Marcia Andrea Valderrama Villalobos la Fundación Valídame, Rut 65.065.759-4, en contra de Isapre Colmena S.A.(sic) y en contra de Compin De La Región del Maule(sic) y pide dejar sin efecto la resolución administrativa que rechazó las licencias médicas de noviembre de 2023 a la fecha de la vista de

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