ZÚÑIGA / SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD
Rol
Fecha
7 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece Gabriel Alejandro Zúñiga Aravena, abogado, quien deduce recurso de protección en favor de Lautaro Alonso Ferrada Parraguez, médico contralor, en contra el Seremi de Salud Valparaíso, por el acto ilegal y arbitrario consistente en el cobro o reintegro de licencias médicas supuestamente rechazadas o no autorizadas que se detallan. Indica que el recurrente es Médico Contralor en COMPIN subcomisión de Valparaíso y con fecha 05 de diciembre de 2022 presentó Licencia Médica por 30 días con diagnóstico de Trastorno Ansioso Depresivo, a raíz de acoso y maltrato laboral. Desde esa fecha fue atendido por profesionales de una empresa externa que presta servicios ante el Instituto de Seguridad Laboral, entre ellos médico general, psicólogo y psiquiatra, recibiendo tratamiento farmacológico, sin embargo, con fecha 03 de enero de 2023, recibe un email en que indican que se terminan sus atenciones y se le informa que su enfermedad era considerada de origen común por la profesional Dra. Helia Soledad Silva Bustos. No obstante, en los
Fundamentos
fundamentos de la calificación señala Trastorno mixto de Ansiedad y Depresión, Trastorno de Ansiedad. La licencia psiquiátrica es renovada por 30 días más. Añade que además con fecha 13 de enero de 2023, ingresó denuncia por acoso y maltrato laboral, sin embrago, con fecha 13 de febrero le llegó carta certificada en que se señala que no se tiene por interpuesta su denuncia por acoso y que tiene plazo de 10 días para recurrir en contra de la resolución indicada. Con fecha 06 de marzo de 2023, apela ante la Superintendencia de Seguridad social por el rechazo de las licencias laborales y por el rechazo de la calificación de la enfermedad laboral, volviendo a reiterar el reclamo con fecha 20 de noviembre. A pesar de estar pendiente la resolución de la Suseso, la recurrida con fecha 12 de febrero del presente año, envía notificación en donde pretende cobrar el reintegro de 9 licencias médicas supuestamente rechazadas por un monto total de $20.365.449 pesos, las cuales no consta que estén rechazadas por la institución respectiva, ni menos aún notificadas al recurrente de su rechazo, con lo cual correspondiente le priva del ejercicio de sus derechos a reclamar ante la institución respectiva y en la etapa procesal correspondiente Alega que no se le ha requerido ni considerado la opinión de un especialista tratante, tampoco solicitado mayores antecedentes, causándole un perjuicio el reintegro de los subsidios ya pagados, lo que contribuirá a agravar más su condición de salud. Agrega que la recurrida infringió lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto N° 3 de 1984, Reglamento Autorización LM, que establece la facultad y no la obligación de efectuar diversos procedimientos enumerados en la citada norma, para mejor acierto de la decisión de autorizar, rechazar, modificar o ampliar una licencia médica por las Compin regionales, y lo dispuesto en el Artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República, relativo al derecho a la vida e integridad física. Al rechazar su legítimo derecho de gozar de un tratamiento médico y seguir las indicaciones y recomendaciones de su médico tratante para recuperar su salud y tener el descanso que necesita de acuerdo a la patología que padece, además de los numerales 3, 9 y 24 del mismo artículo 19. Solicita en definitiva dejar sin efecto la carta de notificación funcionaria, dictada por la recurrida, ordenando a la recurrida cesar en su cobro o reintegro, y cualquier otra acción en similar objetivo; y que se condena en costas. A folio 6, evacua informe Gonzalo Jaque Lara, abogado de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, quien señala en primer lugar que la recurrente se desempeñaba como médico contralor de la Compin en la Seremi de Salud Región Valparaíso. Se inicia la secuencia de licencias médicas de reposo continuo e ininterrumpido mediante licencia media tipo 6 (enfermedad profesional) desde el 05 de diciembre de 2022 al 03 de enero de 2023. Se otorga una segunda licencia médi
Fallo
Por estas consideraciones, lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Lautaro Alonso Ferrada Parraguez, contra el Servicio de Salud Valparaíso. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N°Protección-966-2024.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, siete de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, comparece Gabriel Alejandro Zúñiga Aravena, abogado, quien deduce recurso de protección en favor de Lautaro Alonso Ferrada Parraguez, médico contralor, en contra el Seremi de Salud Valparaíso, por el acto ilegal y arbitrario consistente en el cobro o reintegro de licencias médicas supuestamente rechazadas o
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