JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

NN C/ JHONALEBERT JESUS MASERO MOISE

Rol

Fecha

6 de mayo de 2024

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen elementos suficientes para estimar concurrentes los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, se aprecia que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad atendida la naturaleza del delito imputado y su forma de comisión y la existencia de procesos pendientes respecto de delitos de la misma especie, se revoca la resolución de fecha cinco de mayo del año en curso, pronunciada por la Jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, doña Lorena Fresard Briones  y en su lugar, se declara que se decreta la prisión preventiva del imputado Jhonalebert Jesús Masero Moise. Decisión acordada con el voto en contra del Sr. Ministro don Jorge Pizarro Astudillo, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada,

Fundamentos

considerando que la necesidad de cautela se satisface adecuadamente por las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal decretadas por la Juez a quo.  Devuélvase por interconexión.          Rol Penal Nº594-2024.

Fallo

se declara que se decreta la prisión preventiva del imputado Jhonalebert Jesús Masero Moise. Decisión acordada con el voto en contra del Sr. Ministro don Jorge Pizarro Astudillo, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, considerando que la necesidad de cautela se satisface adecuadamente por las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal decretadas por la Juez a quo.  Devuélvase por interconexión.          Rol Penal Nº594-2024.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, seis de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: El mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen elementos suficientes para estimar concurrentes los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, con respecto a la necesidad de cau

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