SIN INFORMACION

ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS EXPRESS LIMITADA/TERCER JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

6 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Andrés Klenner Soto, Abogado, domiciliado en calle Washington N° 2675, quien, en representación de la denunciada y demandada civil, Administradora de Supermercados Express Ltda., en autos sobre supuesta infracción a la Ley del Consumidor, dedujo falso recurso de hecho, en contra de la resolución dictada con fecha ocho de abril del presente, que concedió el recurso de apelación interpuesto por la denunciante y demandante, solicitando, se declare la inadmisibilidad del mismo, por haberse deducido de manera extemporánea. Se trajeron los antecedentes para dar cuenta. CON LO RELACIONADO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que con fecha trece de enero del año en curso doña Karla Parra Reinoso dedujo ante el Tercer Juzgado de Policía Local de esta ciudad, denuncia en su contra, por supuesta infracción a las normas de la Ley N° 19.496. Cuenta que el veintidós de marzo del presente, el referido Tribunal procedió a dictar sentencia definitiva, la que acogió parcialmente la denuncia infraccional y demanda indemnizatoria presentadas por la actora, siendo notificada en la misma fecha a la denunciante y demandante civil. Sin embargo, con fecha cinco de abril del presente, dedujo recurso de apelación, siendo el mismo, extemporáneo, solicitando así se disponga. SEGUNDO: Que, para resolver, es necesario consignar los actos jurídicos procesales que resultan relevantes en la especie. El trece de enero, compareció doña Karla Ivette Parra Reinoso, representada por su Abogado, don Javier Mandelaris Jara, quien, en un tercer otrosí de la denuncia y demanda interpuesta, proporcionó para ser notificado, el correo electrónico jmandelarisj@hotmail.com, resolviendo el tribunal, “como se pide”. Luego, se celebró comparendo estilo el siete de marzo, compareciendo el letrado, el que fue noticiado el dieciséis de enero, de acuerdo con la forma en que lo solicitó, esto es, a través de correo electrónico. Posteriormente, el veintidós de marzo, se dictó sentencia definit

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y visto además lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.217, y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el recurso de hecho interpuesto por la denunciada y demandada civil en contra de la resolución pronunciada el ocho de abril de dos mil veinticuatro, por el Tercer Juzgado de Policía Local de Antofagasta, en causa Rol 1.100-2024 y en consecuencia, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la actora, con fecha cinco de abril del presente, por haberse deducido de manera extemporánea. Compúlsese a causa Rol 51-2024 (POL). Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol 62-2024 (PL) 2

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a seis de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: La comparecencia de Andrés Klenner Soto, Abogado, domiciliado en calle Washington N° 2675, quien, en representación de la denunciada y demandada civil, Administradora de Supermercados Express Ltda., en autos sobre supuesta infracción a la Ley del Consumidor, dedujo falso recurso de hecho, en contra de la resolución dictada con fecha och

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