PSIJAS / POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
6 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece Paula Jelisa Psijas Araya, prefecta grado 5°, dotación de la prefectura Provincial de San Antonio de la Policía de Investigaciones quien deduce recurso de protección a su favor y en contra de la Dirección General de la Policía de Investigaciones de Chile, representada por su Director General don Sergio Muñoz Yáñez por haber incurrido en actuaciones ilegales y/o arbitrarias mediante la dictación del Decreto Exento RA N°280/2506/2023, de la Subsecretaría del Interior, de fecha 23 de octubre de 2023, disponiendo su retiro absoluto de la Institución, acto administrativo que constituye una privación, perturbación y amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías constitucionales que el artículo 19 de la Constitución Política del Estado, en sus números 1, 2, 4 y 16. Pide acoger la acción y disponer su reincorporación al servicio en el cargo que ostentaba. Señala que ingresó a la Policía de Investigaciones de Chile, el 02 de enero de 1992, donde entre otras destinaciones debió asumir como Jefa de la Brigada de Investigación Criminal Lo Barnechea el 18 de noviembre de 2020, lugar donde hizo una serie de denuncias por probidad administrativas y dispuso la práctica de varios sumarios administrativos que aún están en tramitación por irregularidades que eran graves y afectaban la probidad administrativa, incluso algunos podían revestir carácter de delito. Relata que posterior a esto, y pese a todas las denuncias que formuló, fue destinada como Jefa de la Prefectura Provincial San Antonio, Unidad Policial que cumplió funciones hasta el 03 de enero del presente año. Explica que, tomó conocimiento del Decreto Exento RA N° 280/2506/2023, Subsecretaría del Interior, de fecha 23 de octubre de 2023, el que fue notificado a la suscrita el 09 de noviembre de 2023, que concede el retiro efectivo desde el 03 de enero de 2024 por causal de: RETIRO DESPUÉS DE CUMPLIR 30 AÑOS DE SERVICIO VÁLIDOS PARA EL RETIRO. Relata junto con las situaciones de
Fundamentos
considerando: Primero: Que la acción de protección garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en sus Derechos, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, a través de la presente acción cautelar se cuestiona la legalidad y arbitrariedad del Decreto Exento RA N°280/2506/2023, de la Subsecretaría del Interior, de fecha 23 de octubre de 2023, que concede el retiro efectivo de la recurrente a contar del 3 de enero de 2024, por haber cumplido más de 30 años de servicio efectivo en la Policía de Investigaciones de Chile. Tercero: Que, la recurrente sostiene, que si bien la decisión del señor Director General de la referida institución policial de dar curso a su solicitud de retiro se sustenta en el artículo 92 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 1980 del Ministerio de Defensa que establece el Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile, dicha facultad legal no podría aplicarse en este caso, toda vez que la parte recurrente presentó varias denuncias en contra de otros funcionarios de la misma institución por actos que atentarían en contra de la probidad administrativa, instruyéndose sumarios que se encuentran vigentes, por lo que de conformidad al artículo 90 A de la Ley N°18.834 sobre Estatuto Administrativo, la autoridad policial se encontraba impedida de cursar su retiro. Cuarto: Que, del mérito de los antecedentes, la actora fue llamada a retiro de la Policía de Investigaciones de Chile por cumplir más de 30 años de servicio en la referida institución de conformidad al artículo 92 del Estatuto del Personal que los regula. Quinto: Que, por su parte, la prohibición de imponer la medida de suspensión del empleo, destitución o traslado de las funciones que desempeña la funcionaria y que se encuentran previstas en el artículo 90 A del Estatuto Administrativo, modificado por la Ley N°20.2025, no son asimilables a la aceptación de la renuncia de la recurrente luego del cumplimiento de 32 años de desempeño en la institución. Sexto: Que, la circunstancia de mantenerse vigentes sumarios administrativos respecto del desempeño de la actora en su calidad de Jefe de la Prefectura de San Antonio, sea como denunciante o como denunciada, no impiden, en concepto de esta Corte, la aceptación de la renuncia voluntaria a que se encontraba obligada después de lo más de tres decenios de desempeño institucional. Séptimo: Que, bajo estas circunstancias, el acto impugnado no es ilegal, toda vez que su dictación constituye una facultad del Presidente de la República, a solicitud del Director General de la Policía de Investigaciones de Chile, previo cumplimiento de los requisitos legales que concurren en este caso. Octavo: Que, además, el acto impugnado tampoco es arbitrario, ya que como informa la Subsecretaría del Interior, se dispu
Fallo
por tanto, debió aplicarse la Ley Nº 20.205, norma legal que tiene primacía sobre el Estatuto del Personal de la PDI, en cuanto desvincular a un funcionario que haya denunciado casos de probidad administrativa como ocurrió en la especie, estimando que se ha actuado contraviniendo las normas legales y se pasaron a llevar garantías constitucionales que solo la Corte puede corregir y enmendar con arreglo a derecho A folio 8, informa la Subsecretaria del Interior, quien expone que la tramitación del retiro absoluto que se impugna fue solicitado a la Subsecretaría del Interior, por parte del Director General de la Policía de Investigaciones de Chile, con fecha 05 de octubre de 2023, mediante su Oficio Reservado N° 704. Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 92, inciso primero, del D.F.L. N° 1, de 1980, del Ministerio de Defensa Nacional, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto del Personal de la Policía de Investigaciones de Chile; en atención a que la recurrente cumplió 30 años de servicios válidos para su retiro. Que en ese contexto, se dio tramitación al retiro absoluto de la recurrente a través del Decreto Exento RA N° 280/2506/2023, de 23 de octubre de 2023, de la Subsecretaria del Interior, el cual se acompaña en esta presentación, y que contiene, en su parte considerativa, la exposición detallada de los hechos que motivaron su retiro absoluto. Sostiene que no hay actuar arbitrario o ilegal que imputar a su parte ya que, el artí
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de mayo de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, comparece Paula Jelisa Psijas Araya, prefecta grado 5°, dotación de la prefectura Provincial de San Antonio de la Policía de Investigaciones quien deduce recurso de protección a su favor y en contra de la Dirección General de la Policía de Investigaciones de Chile, representada por su Director General don
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