MUÑOZ TABILO, NELSON DEL ROSARIO/COMISIÓN LIBERTAD CONDICIONAL 1R SEMESTRE 2024
Rol
Fecha
6 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece BIANCA PFENG LEAL, abogado, por don NELSON DEL ROSARIO MUÑOZ TABILO, sentenciado, cédula nacional de identidad Nº 09.078.427-7, actualmente recluido en Centro de Detención Preventiva de Ovalle, como autor de dos delitos de violación, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta ciudad, en atención a lo resuelto durante la sesión realizada el 8 de abril del 2024, contenida en la resolución Nº 20-2024, la cual decidió rechazar el otorgamiento del beneficio de la libertad condicional al condenado por no cumplir con el requisito contemplado en el art. 2º n° 3 del DL 321, lo que afecta directamente la libertad personal de mi representado, ya que extiende de manera ilegal y arbitraria su privación de libertad, vulnerando el artículo 19 nº 7 de la Constitución Expone que el numeral 3 del artículo 2º del DL 321, establece que el postulante deberá “Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Dicho informe contendrá, además, los antecedentes sociales y las características de personalidad de la persona condenada, dando cuenta de la conciencia de la gravedad del delito, del mal que éste causa y de su rechazo explícito a tales delitos.” Refiere que el amparado cumple actualmente dos penas de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, como autor de dos delitos de violación, las que comenzó a cumplir el 21 de diciembre de 2010, proyectándose como fecha de término de la misma para el 06 de octubre de 2030, cumpliendo de esta forma con el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 05 de febrero de 2024 y que registra una conducta calificada como Muy Buena, la cual se ha mantenido hasta la fecha. Agrega que la resolución de la Comisión de Libertad Condicional, indica: “Que analizados y ponderados por esta Comisión los antecedentes que constan en la carpeta de dicho postulante, se estima que el interno no cumple con los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, ya que: El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un alto riesgo de reincidencia. El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia de la gravedad del delito. El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado. El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos.” Menciona que la Comisión incurre en un error puesto que el amparado sí ha demostrado importantes avances e
Fallo
por tanto acto ilegal o arbitrario, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por BIANCA PFENG LEAL, en representación de Nelson del Rosario Muñoz Tabilo, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 152-2024 (Amparo).
Texto Completo (Preview)
Muñoz Tabilo, Nelson del Rosario Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 152-2024.- La Serena, seis de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece BIANCA PFENG LEAL, abogado, por don NELSON DEL ROSARIO MUÑOZ TABILO, sentenciado, cédula nacional de identidad Nº 09.078.427-7, actualmente recluido en Centro de Detención Preventiva de Ovalle, como au
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