BURGOS/CESFAM
Rol
Fecha
8 de mayo de 2024
Materia
REMUNERACIONES
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el artículo 480 del Código del Trabajo establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de nulidad, además del cumplimiento de los señalados en el inciso primero del artículo 479, el que contenga los
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho o de peticiones concretas que se formulan al Tribunal. Que en la especie se evidencia que el recurso de autos no cumple con la última exigencia antes dicha, toda vez que carece de una pretensión concreta y determinada que sea, a su vez, coherente con la naturaleza del recurso de nulidad, toda vez que pide que se “revoque la sentencia”; motivo por el cual este libelo no puede ser acogido a tramitación. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 480 del Código del Trabajo,
Fallo
se declara inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por la parte demandante, con fecha diecinueve d abril de dos mil veinticuatro, en contra de la sentencia de diecisiete de nueve de abril de dos mil veinticuatro, notificada con la misma fecha, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-1431-2024.
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, ocho de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que el artículo 480 del Código del Trabajo establece dentro de los requisitos de admisibilidad del recurso de nulidad, además del cumplimiento de los señalados en el inciso primero del artículo 479, el que contenga los fundamentos de hecho y derecho o de peticiones concretas que se formulan al Tribuna
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