SIN INFORMACION

CECILIA ALONDRA CARRASCO PEÑA CONTRA JANNYNA ANDREA SANCHEZ ORELLANA Y DIRECTOR COLEGIO JOSE VICTORINO LASTARRIA

Rol

Fecha

6 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes aparece que los actos y omisiones que fundamentan su acción tiene lugar y tienen sus efectos en la sede el Liceo José Victorino Lastarria ubicado en la comuna de Providencia, la que se encuentra fuera de la jurisdicción de esta Corte, por lo que sólo cabe declarar la incompetencia de este tribunal. Que por lo razonado precedentemente, esta Corte se declara incompetente para conocer de la acción deducida, ordenándose la remisión de los autos a la Corte de Apelaciones de Santiago, vía interconexión, para su conocimiento y resolución. Cúmplase por la vía más más rápida. Sirva la presente resolución como suficiente y atento oficio remisor. Rol N°2859-2024-PROT.

Fallo

se declara incompetente para conocer de la acción deducida, ordenándose la remisión de los autos a la Corte de Apelaciones de Santiago, vía interconexión, para su conocimiento y resolución. Cúmplase por la vía más más rápida. Sirva la presente resolución como suficiente y atento oficio remisor. Rol N°2859-2024-PROT.

Texto Completo (Preview)

CH5. MVT San Miguel, seis de mayo de dos mil veinticuatro. Resolviendo la presentación de folio 1: Vistos y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes aparece que los actos y omisiones que fundamentan su acción tiene lugar y tienen sus efectos en la sede el Liceo José Victorino Lastarria ubicado en la comuna de Providencia, la que se encuentra fuera de la jurisdicción de esta Corte,

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