ANONIMIZADO
Rol
Fecha
6 de mayo de 2024
Materia
(R)COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR TÉRMINO DE MATRIMONIO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los
Fundamentos
fundamentos Duodécimo a Décimo Octavo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Primero: Que el artículo 22 de la Ley N°19.947, dispone que el acuerdo que conste por escrito, basado en alguno de los instrumentos que se señalan, otorgará fecha cierta al cese de la convivencia. En rigor, esta disposición legal no fija reglas sobre la prueba del cese de la ...
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegaron revocando las abogadas María Jesús Mena Escobar y Macarena Ivania Arce Varas. San Miguel, 6 de mayo de 2024. Diego Muñoz Gaete, relator. San Miguel, seis de mayo de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 17, 18 y 19: Téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los fundamentos Duodécimo a Décimo Octavo, que se eliminan. Y se tiene en
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica