MP. C/ LUIS HERNÁN CUETO MERA.
Rol
Fecha
6 de mayo de 2024
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: 1°) Que la defensa no ha cuestionado los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, solo discute la necesidad de cautela contemplada en la letra c) del mismo cuerpo legal. 2°) Que del mérito de los antecedentes esta Corte estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando la gravedad de la pena asignada al delito, características del mismo, la forma de comisión, bien jurídico afectado y la cantidad de droga incautada. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de treinta de abril del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la prisión preventiva del imputado Luis Hernán Cueto Mera. Devuélvase vía interconexión. Nº 1866-2024-Penal.
Texto Completo (Preview)
Fecha: seis de mayo de dos mil veinticuatro. Sala: Quinta Rol Corte: 1866-2024-Penal Ruc: 2400249158-K Rit: 3253-2024 JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Diego Muñoz Gaete Ministerio Público: Fabiola Lizama Díaz Defensor: César Contreras González Imputado: LUIS HERNÁN CUETO MERA Tipo de Recurso: Apelación cautelar Escritos proveídos en audiencia: folios 3 y 4 San Miguel, seis de ma
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