ANONIMIZADO
Rol
Fecha
6 de mayo de 2024
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de autos, teniendo presente que al momento de fijar la pensión de alimentos, sea definitiva o provisoria, se deben considerar las necesidades del alimentario y las facultades del deudor y sus circunstancias domésticas, se estima más condigno con el mérito del proceso reducir la suma fijada por concepto de alimentos provisorios.
Fundamentos
Fundamentos por los cuales y visto, además, lo dispuesto en los artículos 3 inciso primero, 4 inciso sexto de la Ley N°14.908 y 67 N°2 de la Ley N°19.968 sobre Tribunales de Familia, SE REVOCA, en su parte apelada, la resolución de fecha quince de marzo del año en curso, rolante a folio 11, dictada por el Juzgado de...
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, seis de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Atendido el mérito de autos, teniendo presente que al momento de fijar la pensión de alimentos, sea definitiva o provisoria, se deben considerar las necesidades del alimentario y las facultades del deudor y sus circunstancias domésticas, se estima más condigno con el mérito del proceso reducir la suma fijada por concepto de alimentos prov
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