7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ JOHANDRY JESUS SALAZAR COLINA

Rol

Fecha

4 de mayo de 2024

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Que no existiendo controversia respecto de la concurrencia de los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en lo que atañe a la necesidad de cautela, teniendo en consideración que la detención del imputado se realizó en flagrancia, la lesividad del ilícito por el que se encuentra formalizado, el bien jurídico protegido, la circunstancia de realizar una actuación -distribución al menudeo-, que es parte integrante de un fenómeno delictual mayor, cual es, el tráfico de estupefacientes y el hecho de tratarse de un extranjero irregular en nuestro país, es decir, que ingresó al territorio nacional por paso no habilitado -lo que descarta el arraigo nacional como medida cautelar idónea, en su caso, pues nada asegura que no pueda hacer abandono del país del mismo modo-; debe razonablemente presumirse, que se intentara restar de los actos del procedimiento, eventual riesgo que sólo puede ser resguardado eficientemente, por ahora, a través de su prisión preventiva. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha tres de mayo pasado, dictada por el 7° Juzgado de Garantía de esta ciudad, en los autos RIT 4994-2024; y en su lugar se dispone la prisión preventiva del imputado Johandry Jesús Salazar Colina, por peligro para la seguridad de la sociedad y peligro de fuga. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Gray, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada por compartir sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Rol Corte: Penal-2691-2024 Ruc: 2400501216-K Rit : O-4994-2024 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra señora Jenny Book Reyes y el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de fecha tres de mayo pasado, dictada por el 7° Juzgado de Garantía de esta ciudad, en los autos RIT 4994-2024; y en su lugar se dispone la prisión preventiva del imputado Johandry Jesús Salazar Colina, por peligro para la seguridad de la sociedad y peligro de fuga. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Gray, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada por compartir sus propios fundamentos. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Rol Corte: Penal-2691-2024 Ruc: 2400501216-K Rit : O-4994-2024 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra señora Jenny Book Reyes y el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, cuatro de mayo de dos mil veinticuatro. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-2691-2024 Ruc: 2400501216-K Rit : O-4994-2024 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: las Ministras señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, señora Jenny Book Reyes y el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo Relatora: Nicole Ramírez Concha Digitadora: Carla Tranchino

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