/TRIBUNAL DE GARANTÍA DE PUERTO VARAS
Rol
Fecha
4 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1 comparece doña Macarena Agüero Díaz, quien interpone recurso de amparo en favor de Blanca Vargas Higueras contra la resolución pronunciada en audiencia del 22 de abril de 2024 por el Juzgado de Garantía de Puerto Varas que revocó la pena sustitutiva impuesta a su representada. Relata que el 17 de marzo de 2021 se condenó a su representada por un delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, a la pena privativa de libertad de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, la que fue sustituida por remisión condicional por el plazo de 1 año, iniciando el correspondiente control el 31 de marzo de ese año 2021. En tal sentido, afirma que el 15 de diciembre de 2021 se suspendió el cumplimiento de la pena sustitutiva, por encontrarse la amparada privada de libertad en otra causa y, en tanto que, posteriormente el 21 de enero de 2022 el Centro de Reinserción Social informó que su representada había efectuado 7 firmas, con 4 incumplimientos autorizados y 6 pendientes de resolución. Indica que el 31 de mayo del año 2022 se condenó a su representada por un nuevo delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades por hechos sucedidos el 24 de noviembre de 2021, a sufrir la pena de 185 días de presidio menor en su grado mínimo, la que se tuvo por cumplida con el período que estuvo privada de libertad. Posteriormente, refiere que el 8 de marzo de 2024 la amparada se presentó voluntariamente al tribunal, oportunidad en la que se fijó fecha para la revisión de pena sustitutiva para el 22 de abril de 2024, fecha en la que el Juzgado de Garantía de Puerto Varas revocó por quebrantamiento la pena sustitutiva, disponiendo el ingreso efectivo para el cumplimiento de la pena por el saldo de 30 días. Asevera que dicha condena es una pena desproporcionada e injustificada ya que su representada tiene 3 hijas de 5 meses, de 2 años y 8 meses y de 9 años, respecto de quienes tiene el cuidado personal. Asevera que se está violentando a su representada mediante la apli
Fundamentos
considerando el absoluto desinterés de la sentenciada por presentarse a cumplir su pena sustitutiva y que incluso entre el 05 de septiembre de 2023 y el 22 de abril de 2024, se mantuvo con orden de detención. En lo relativo a que se estarían vulnerando tratados internacionales que protegen la condición de mujer y madre de la amparada, indica que ello fue considerado, razón por la que informó la situación al Juzgado de Familia entendiendo que quien está vulnerando los derechos de sus propias hijas es la misma sentenciada quien tampoco estaría escolarizando a su hija mayor. A folio 8 se traen los autos en relación y se dispone la agregación extraordinaria de la causa en tabla, en lugar preferente. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, el recurso de amparo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es una acción constitucional, cuyo propósito es impedir cualquier clase de privación, perturbación o amenaza a la libertad o seguridad individual decretada o dispuesta con infracción a las normas constitucionales o legales. Segundo: Que, la defensora penal pública doña Macarena Agüero Díaz, en favor de Blanca Vargas Higueras, interpone recurso de amparo en contra de la resolución pronunciada en audiencia de fecha 22 de abril de 2024, que decidió la revocación de la pena sustitutiva, disponiendo el cumplimiento efectivo del saldo de 30 días de pena privativa de libertad en forma efectiva. Tercero: Que, en el informe evacuado por la Jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Varas doña Paulina Tapia Lorca, se niega haber actuado en forma ilegal y arbitraria en el pronunciamiento de la resolución cuestionada, toda vez que ésta se dictó por tribunal competente en audiencia programada para tal efecto, con asistencia de la sentenciada y debidamente representado por su defensora, con conocimiento de los antecedentes remitidos por el Centro de Reinserción Social de Puerto Montt. También aduce que la misma resolución que se cuestiona ya fue objeto de apelación, siendo aquella la vía legal que corresponde. Refiere un desinterés de la amparada por cumplir la pena, negando haber vulnerado derechos protegidos por tratados internacionales, precisando que el Tribunal ofició al Juzgado de Familia correspondiente, en el entendido que es la amparada quien está vulnerando los derechos de sus propias hijas. Cuarto: Que, del mérito de las alegaciones efectuadas y los antecedentes allegados a la causa, se desprende que con fecha 26 de marzo de 2021, en causa RUC Nº2001125343-2, RIT Nº3481-2020 del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, se condenó a Blanca Elena Vargas Higueras como autora en un delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley N°20.000. Consta que por tal ilícito se impuso una condena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, la cual fue sustituida por remisión condicional de la pena. Por otra parte, los antecedentes de la causa muestran que con fecha 22 de abri
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por la defensora penal pública doña Macarena Agüero Díaz, en favor de Blanca Elena Vargas Higueras contra la resolución pronunciada en audiencia del 22 de abril de 2024 por el Juzgado de Garantía de Puerto Varas. Redacción a cargo de la Ministra Ivonne Avendaño Gómez. Regístrese, anótese y archívese en su oportunidad. Rol Amparo N°154-2024.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, cuatro de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1 comparece doña Macarena Agüero Díaz, quien interpone recurso de amparo en favor de Blanca Vargas Higueras contra la resolución pronunciada en audiencia del 22 de abril de 2024 por el Juzgado de Garantía de Puerto Varas que revocó la pena sustitutiva impuesta a su representada. Relata que el 17 de marzo de 2021 se condenó a s
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