ZÚÑIGA/ECHANEZ
Rol
Fecha
3 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Que comparece doña Claudia Ivonne Zúñiga Allende, cédula de identidad N°12.946.810-6, contador auditor, con domicilio laboral en Simón Bolívar N°523, Antofagasta, quien interpone recurso de protección en contra de doña Luz Echanez, cuyo segundo apellido ignora, domiciliada en pasaje Gabriel Silva N° 643, Antofagasta, por privar y/o perturbar en forma ilegal y arbitraria las garantías constitucionales de la recurrente, a objeto de que ésta Corte adopte las medidas tendientes a restablecer el imperio del derecho y asegure la debida protección, a fin de poner término a los actos ilegales y arbitrarios cometidos por la recurrida, consistentes en la realización de una serie de imputaciones difamatorias y deshonrosas y la difusión de las mismas a través de internet, en descredito de la actora. Informó la recurrida, doña Luz Graciela Echanez Sepúlveda, al tenor del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente parte señalando que con fecha 19 de agosto de 2020 ingresó a trabajar en el Servicio de Salud Antofagasta como referente normativo en la Subdirección de Recursos Físicos y Financieros, y luego en noviembre de 2020 le encomendaron funciones en el Departamento de Compras y Logísticas como profesional en grado 12, para posteriormente, en marzo de 2021, ser nombrada como encargada de la Unidad de Gestión de Contrato del Departamento de Compras y Logísticas del mismo Servicio. Agrega que con fecha 12 de julio de 2023 la nombraron Jefa de Mantenimiento y Servicios Generales con igual grado del Servicio de Salud Antofagasta, ello conforme al desempeño intachable demostrado en todo el tiempo que ha mantenido funciones como funcionaria pública. Indica que dentro de las funciones que desempeña se encuentra la de administrar contratos de servicios de vigilancia y contrato de aseo, ambos del Servicio de Salud Antofagasta, y todo tipo de obras de mantenimiento que puedan surgir en la Dirección del Servicio de Salud, los Centros de Salud Mental (COSAM), el Servicio de Atención Médica de Urgencia (SAMU) y Recinto del Hospital de Antofagasta Antiguo, los cuales integran la red de la Dirección del Servicio de Salud de Antofagasta. Luego de detallar sus funciones como Jefa de Mantenimiento y Servicios Generales de acuerdo a la Resolución Exenta N° 2831, de fecha 13 de julio de 2023, relata que con fecha 26 de febrero de 2024 se publica en la red social Facebook una funa en contra de una funcionaria del Servicio de Salud de Antofagasta, más bien señalaba “nueva encargada del servicio de salud”, mencionando sólo un nombre de pila que coincidía con su nombre patronímico, acusando de existir instrucciones de efectuar eutanasia a uno de los perros que habitan en el Hospital Regional de Antofagasta antiguo, además de sacar al resto de los canes del recinto hospitalario a fin de abandonarlos en algún sector de la ciudad a su suerte. Menciona que en el recinto del antiguo Hospital de Antofagasta habitan varios perros o canes que acompañan a los guardias que trabajan en dicho lugar, y de los cuáles se han recibido diversas quejas por parte de funcionarios del mismo recinto, los que no se encuentran a cargo del Servicio de Salud Antofagasta, sino que son alimentados por los guardias del propio recinto. Agrega que, por otro lado, según el giro del Servicio de Salud, se hace difícil destinar dineros de arcas fiscales al cuidado de los canes, puesto que el giro es el cuidado integral de la salud de las personas, quien se encuentra a cargo de la red asistencial de la región de Antofagasta. Dice que la publicación a la que se hace alusión ha sido compartida alrededor de 300 veces por diversos usuarios de la red social Facebook, que presenta 100 comentarios de distintas personas, entre los cuales se comienza a buscar quién es la supuesta “encargada del Servicio de Salud” que instruyó acciones reprochables, y en este punto, la usuaria V
Fallo
por tanto, de conocimiento del resto de las personas. NOVENO: Que, del mismo modo, la difusión realizada por la recurrida va más allá de expresar una simple preocupación en torno a la problemática de los canes que viven en el sector del hospital antiguo de Antofagasta, puesto que se juzgan hechos cuyo conocimiento corresponde a los tribunales de justicia, en tanto éstos se dan por probados, lesionando con ello el honor de quien es objeto de la “funa”, garantía constitucional que protege la fama o reputación social de la persona, y que se encuentra amparada por el presente arbitrio. DÉCIMO: Que, si bien la Constitución establece como un derecho la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio, aquello no es óbice para que las personas efectúen imputaciones que vulneren la honra y dignidad de las personas, máxime si nuestro ordenamiento establece otras vías que permitan la adecuada defensa de la persona que resulta imputada. UNDÉCIMO: Que, en consecuencia, y sin perjuicio de lo señalado por la recurrida en torno a que la publicación fue eliminada una vez que se le notificó de la presente acción, considerando que las redes sociales no constituyen un medio idóneo para ponderar, juzgar, ni establecer la eventual responsabilidad de una persona en algún hecho en el Estado de Derecho, y dándose en la especie los elementos señalados en los motivos que anteceden, se acogerá el presente recurso y se le ordenará a la recurrid
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Antofagasta, a tres de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que comparece doña Claudia Ivonne Zúñiga Allende, cédula de identidad N°12.946.810-6, contador auditor, con domicilio laboral en Simón Bolívar N°523, Antofagasta, quien interpone recurso de protección en contra de doña Luz Echanez, cuyo segundo apellido ignora, domiciliada en pasaje Gabriel Silva N° 643, Antofagasta, por privar y/o pert
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