ARIAS MARTINEZ SALVADOR - LIDER DOMICILIO VENTAS Y DISTRIBUIDORA LTDA
Rol
Fecha
3 de mayo de 2024
Materia
SIN MATERIA
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del
Fundamentos
considerando Décimo Segundo, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Que la infracción constatada en estos autos dice relación con el incumplimiento de una oferta que constaba claramente de una página web. En este escenario, la solicitud de la demandante de pagarle, a título de daño emergente, la diferencia de valor entre lo ofrecido y el valor que se le pretendió cobrar, carece de todo fundamento desde que es un hecho del proceso que el cliente no adquirió producto alguno, de modo que si no hizo desembolso de dinero, no resulta posible la devolución que solicita. En razón de lo señalado, se rechazará la acción civil por daño emergente.
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo también, con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se revoca la sentencia apelada de veintiuno de octubre del año dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Policía Local de Huechuraba, en la parte que acogió la demanda civil de indemnización de perjuicios deducida por Salvador Arias Martínez y se declara, que se rechaza la acción civil incoada. Se confirma, en lo demás apelado. Regístrese y devuélvase. N° 663-2022 Policia Local.
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado don Cristóbal Shejade Sirhan. Santiago, 03 de mayo de 2024, Andrea Corvalán Sáez, relatora. Santiago, tres de mayo de dos mil veinticuatro. Al escrito folio N° 13: Téngase presente. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del considerando Décimo Segundo, que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: Que la inf
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