JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CHILE CHICO

NN C/ LUIS HERNAN SALAS NAVARRO

Rol

Fecha

2 de mayo de 2024

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes;

Fundamentos

considerando que el cuestionamiento de la defensa al solicitar la revisión de la medida cautelar se sustenta netamente en la valoración que hace de la prueba de cargo, elementos de juicio ya existentes al decretarse la prisión preventiva en su oportunidad, redundando su argumento en la recalificación que hace de los hechos, lo cual corresponde a una facultad de los jueces del fondo, y sin que el tiempo transcurrido permita per se estimar que han variado las circunstancias tenidas a la vista al tiempo de disponerse primigeniamente la cautelar personal, y estimándose que se mantiene la necesidad de cautela impetrada por existir un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad de la pena asignada al menos a uno de los ilícitos atribuidos, su número, carácter y forma comisiva, unido a la circunstancia de haber sido condenado por delitos a que la ley señala igual pena, como asimismo el peligro para la seguridad de la víctima por aparecer que existen indicios que permiten presumir que realizará atentados en contra de ésta y, de acuerdo, además, a lo dispuesto en los artículos 122, 139, 140, 149 y 370, del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el Juez Titular del Juzgado de Garantía de Chile Chico, en cuanto por ella no se hizo lugar a sustituir la medida cautelar de prisión preventiva dispuesta en contra del imputado LUIS HERNÁN SALAS NAVARRO. Comuníquese y devuélvase. Rol N° 182-2024 (Penal).

Texto Completo (Preview)

En Coyhaique, a dos de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes; considerando que el cuestionamiento de la defensa al solicitar la revisión de la medida cautelar se sustenta netamente en la valoración que hace de la prueba de cargo, elementos de juicio ya existentes al decretarse la prisión preventiva en

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