NORAMBUENA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PADRE LAS CASAS
Rol
Fecha
9 de mayo de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Carlos Fonseca Avila, en contra de la resolución de fecha veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro, escrita a folio 5 en el cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado, por improcedente atendida su forma de interposición. Devuélvase. N°Civil-675-2024.(pjr)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Carlos Fonseca Avila, en contra de la resolución de fecha veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro, escrita a folio 5 en el cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado, por improcedente atendida su forma de interposición. Devuélvase. N°Civil-675-2024.(pjr)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Carlos Fonseca Avila, en contra de la resolución de fecha veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro, escrita a folio 5 en e
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