ALEGRIA/SERVICIO SALUD ARAUCANÍA SUR
Rol
Fecha
9 de mayo de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la apoderada doña Andrea Ivón Troya Duvauchelle, en contra de la resolución de fecha veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro, escrita a folio 2 en el cuaderno de incidente general, por improcedente atendida su forma de interposición. Devuélvase. N°Civil-664-2024.(pjr)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la apoderada doña Andrea Ivón Troya Duvauchelle, en contra de la resolución de fecha veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro, escrita a folio 2 en el cuaderno de incidente general, por improcedente atendida su forma de interposición. Devuélvase. N°Civil-664-2024.(pjr)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, nueve de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la apoderada doña Andrea Ivón Troya Duvauchelle, en contra de la resolución de fecha veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro, escrita a fo
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