TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CURICO

MP C/ LUIS ALBERTO ORTIZ SANTANDER

Rol

Fecha

3 de mayo de 2024

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Que en estos antecedentes RIT N° 40-2024, CLAUDIO ALEJANDRO CÓRDOVA MUÑOZ, abogado, defensor penal público, por el acusado LUIS ALBERTO ORTIZ SANTANDER, en causa RIT 40-2024, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada por la primera sala del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal, con fecha 18 de marzo del presente año, que resolvió condenar a su representado LUIS ALBERTO ORTIZ SANTANDER a la siguiente pena: como AUTOR del delito de ROBO CON VIOLENCIA, en grado de FRUSTRADO, hecho perpetrado en la comuna de Molina el día 18 de mayo de 2023, a sufrir la pena de DOCE AÑOS DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MEDIO y a las accesorias contempladas en el artículo 28 del Código Penal, esto es, la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Que este tribunal de alzada, procedió a declarar admisible el presente recurso. CON LO RELACIONADO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que la recurrente señala que se configura el motivo absoluto de nulidad previsto en el artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal, pues, la sentencia se ha dictado con infracción de lo prescrito en el artículo 341, inciso 2° del mismo cuerpo legal, vulnerando así gravemente el principio de congruencia jurídica que debe existir entre la acusación fiscal y los hechos por los que finalmente condena, como así también respecto a la apreciación de circunstancias modificatorias agravantes de responsabilidad. Señala que al tenor de la acusación formulada por el Ministerio Publico, solo se invoca como modificatoria de responsabilidad respecto de su representado y en relación a los hechos por los cuales se encontraba acusado la circunstancia agravante de responsabilidad establecida en el artículo 12 N°16. De esta forma y bajo esos parámetros, se desarrolla gran parte de la audiencia de Juicio Oral, ejerciendo este abogado el derecho a defensa garantizado a

Fundamentos

considerando NOVENO: “El Ministerio Público para efectos de la circunstancia agravante del artículo 12 N°16 del Código Penal, de reincidencia específica, respecto del delito de robo con violencia, incorporó mediante su lectura extracto de filiación y antecedentes de LUIS ALBERTO ORTIZ SANTANDER, en el que se registran diversas condenas por simples delitos y faltas y como no prescrita, se registra la sentencia de causa rit 1158-2020, ruc 2000680926-0, de fecha 31 de agosto de 2020, del Juzgado de Garantía de Molina en la que se le condena a una pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo como autor del delito de robo con violencia e intimidación. En el mismo sentido se incorporó mediante la lectura, la sentencia que da mérito a la anotación anterior, por la que

Fallo

fallo del presente recurso, se anule la sentencia viciosa, dictando la correspondiente sentencia de reemplazo. Expresa que el Tribunal incurre en la infracción al tener por establecida la circunstancia agravante de responsabilidad del artículo 12 número 16 del Código Penal, toda vez que se indica por la sentenciadora en el considerando NOVENO: “El Ministerio Público para efectos de la circunstancia agravante del artículo 12 N°16 del Código Penal, de reincidencia específica, respecto del delito de robo con violencia, incorporó mediante su lectura extracto de filiación y antecedentes de LUIS ALBERTO ORTIZ SANTANDER, en el que se registran diversas condenas por simples delitos y faltas y como no prescrita, se registra la sentencia de causa rit 1158-2020, ruc 2000680926-0, de fecha 31 de agosto de 2020, del Juzgado de Garantía de Molina en la que se le condena a una pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo como autor del delito de robo con violencia e intimidación. En el mismo sentido se incorporó mediante la lectura, la sentencia que da mérito a la anotación anterior, por la que se declara que se condena a ORTIZ SANTANDER como autor del delito de robo con violencia, hecho que se estableció se perpetró en dicho territorio jurisdiccional el 6 de julio de 2020, y dado que no han transcurrido los plazos contemplados en el artículo 104 del citado Código, estos sentenciadores por mayoría estiman que efectivamente respecto del delito de robo con violencia concurre

Texto Completo (Preview)

Talca, tres de mayo de dos mil veinticuatro. VISTO: Que en estos antecedentes RIT N° 40-2024, CLAUDIO ALEJANDRO CÓRDOVA MUÑOZ, abogado, defensor penal público, por el acusado LUIS ALBERTO ORTIZ SANTANDER, en causa RIT 40-2024, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada por la primera sala del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal, con fecha 18 de marzo del presente año,

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