MP C/ CAMILO MOISES GONZALEZ MELO
Rol
91420-2022
Fecha
11 de octubre de 2022
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD A LA CORTE
Hechos
Vistos: 1° Que las defensas de Santos García Calderón y Camilo González Melo, recurren de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes, por la cual fueron condenados como autores de los delitos de tráfico ilícito de drogas o estupefacientes, tenencia ilegal de tráfico ilícito de drogas o estupefacientes. 2° Que por el recurso interpuesto en favor de Santos García se ha invocado como causal principal la del artículo 373 a) del Código Procesal Penal, por debido proceso y tribunal imparcial, ya que los jueces habrían abandonado su rol, asumiendo el de productores de pruebas, subsidiando en ello al Ministerio Público, siendo los asertos derivados de las conclusiones, insuficientes para condenarlos, y modificando los hechos de la acusación; en subsidio alegó la causal del artículo 374 e) por divergencias con la valoración y fundamentación del fallo, deteniéndose en las reglas de la no contradicción y la razón suficiente; en subsidio interpuso la causal del artículo 374 f) por modificar los hechos de la acusación; en subsidio opuso la causal del artículo 373 b) por el artículo 11 N° 9 en relación al 68 del Código Penal. Por su parte, la defensa de Camilo González esgrimió como causal la del artículo 272 b) del Código Procesal Penal, por el artículo 11 N° 9 en relación al 68, ambos del Código de castigo. 3° Que el Ministerio Público se hizo parte en la presente causa, solicitando la remisión a la Corte de Apelaciones respectiva, por corresponder lo alegado a la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal. 4° Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 podría constituir un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, toda vez que en definitiva el sustento del motivo de invalidación principal es un reclamo a la valoración de los antecedentes y a la fundamentación de la sentencia; y en lo que a la segunda parte del arbit
Fallo
Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad de los recursos de nulidad, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Al otrosí del escrito folio 138799-2022: esté a lo resuelto. Regístrese y remítase. Rol N° 91.420-2022.
Texto Completo (Preview)
Santiago, once de octubre de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que las defensas de Santos García Calderón y Camilo González Melo, recurren de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes, por la cual fueron condenados como autores de los delitos de tráfico ilícito de drogas o estupefacientes, tenencia ilegal de tráfico ilícito de drogas o estupefacientes
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