JHON ISRAEL BRAVO GARRIDO / C ERWIN MATIAS ESPINOZA REYES
Rol
71505-2022
Fecha
11 de octubre de 2022
Materia
Reforma
Resultado
INADMISIBLE Y DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD CORTE (M)
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que las querellantes Programa de Apoyo Jurídico a Víctimas de la Universidad Católica de Chile, por la víctima Josué Israel Maureira Ramírez; Instituto Nacional de Derechos Humanos; Consejo de Defensa del Estado; y el Ministerio Público, recurren de nulidad contra la sentencia dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, por la cual fueron absueltos los acusados Marcos Ignacio Valenzuela Yévenes, Ciro Ignacio Cubillos Arancibia, Javier Andrés Marchant Ferrada, Erwin Matías Espinoza Reyes, Luna Valentina Werchez Muñoz, Daniel Matías Meneses Palma, Marcos Eduardo Vásquez Ayala, por los delitos de tortura y apremios ilegítimos. 2° Que, por el recurso de la querellante por la víctima se ha invocado como causal principal la contemplada en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, denunciándose la conculcación de las garantía del debido proceso, presunción de inocencia, igualdad ante la ley, tribunal imparcial, al asumir el tribunal que el afectado fue detenido por estar robando en el lugar de los hechos, y por no considerar que pese a que sufre enfermedades psiquiátricas la prueba era concordante con lo que sostuvo; en subsidio sostuvo la causal del artículo 374 e) del mismo cuerpo legal, por diferencias con la valoración y fundamentación, recalcando las reglas de la no contradicción y de la razón suficiente. Por su parte, la querellante Instituto de Derechos Humanos alegó como causal principal la del artículo 373 a) del Código antes mencionado, por la infracción al debido proceso, proceso previo legalmente tramitado, basada en que el tribunal habría perdido de vista la calidad de la víctima en relación a los hechos acreditados, y considerarlo poco creíble, vulnerando sus derechos institucionalmente; en subsidio esgrimió la causal del artículo 374 e) de ese cuerpo legal, por diferencias con la valoración y fundamentación, basada en el voto de minoría de la sentencia; en subsidio opuso la causal del ar
Fallo
Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, se declara inadmisible en lo que a la causal principal se refiere, el recurso de nulidad interpuesto por las querellantes Programa de Apoyo Jurídico a Víctimas de la Universidad Católica de Chile e Instituto de Derechos Humanos, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. Remítase los arbitrios intentados en lo que a las causales subsidiarias se refieren, junto a los demás interpuestos, todos con sus antecedentes, a la Corte de Apelaciones de San Miguel, para que previa cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad, si es el caso, fije audiencia para su conocimiento y resolución. Al escrito folio 153351-2022: téngase presente y esté a lo decidido. Regístrese y remítase. Rol N° 71.505-2022. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Manuel Antonio Valderrama R., Leopoldo Llanos S. No firman el Ministro Suplente Sr. Hernán González G., y el Abogado Integrante Sr. Ricardo Abuauad D, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ausentes.
Texto Completo (Preview)
Santiago, once de octubre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1° Que las querellantes Programa de Apoyo Jurídico a Víctimas de la Universidad Católica de Chile, por la víctima Josué Israel Maureira Ramírez; Instituto Nacional de Derechos Humanos; Consejo de Defensa del Estado; y el Ministerio Público, recurren de nulidad contra la sentencia dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Or
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