FISCALIA IQUIQUE C/ JHONATAN ERICK VILLCA MAMANI
Rol
66689-2022
Fecha
11 de octubre de 2022
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD CORTE (M)
Hechos
Vistos: 1° Que la defensa de Jhonatan Villca Mamani recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique por la cual fue condenado como autor de los delitos de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte y lesiones graves. 2° Que por el recurso se ha invocado como causal principal la del artículo 373 a) del Código Procesal Penal, primeramente por infracción a la garantía del debido proceso, derecho a defensa, igualdad ante la ley, por la incorporación de medios probatorios efectuada sin conformidad a derecho y que fueron utilizados para resolver; en subsidio interpuso la causal del artículo 374 e) por diferencias con la valoración y fundamentación hechas por el tribunal, subrayando la regla de la razón suficiente. 3° Que el Ministerio Público se hizo parte en la presente causa, solicitando la remisión a la Corte de Apelaciones respectiva, por corresponder lo alegado a la letra c) del artículo 374 del Código Procesal Penal. 4° Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373, podría constituir un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, toda vez que en definitiva el sustento de su motivo de invalidación principal es un reclamo a la valoración de los antecedentes y a la fundamentación de la sentencia; y en lo que a la segunda parte del arbitrio se refiere, aquello puede ir de la mano con lo anterior, razón por la cual se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Iquique, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Al otrosí del escrito folio 102899-2022: esté a lo resuelto. Regístrese y remítase. Rol N° 66.689-2022. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los
Fallo
Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Iquique, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Al otrosí del escrito folio 102899-2022: esté a lo resuelto. Regístrese y remítase. Rol N° 66.689-2022. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Manuel Antonio Valderrama R., Leopoldo Llanos S. No firman el Ministro Suplente Sr. Hernán González G., y el Abogado Integrante Sr. Ricardo Abuauad D, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ausentes.
Texto Completo (Preview)
Santiago, once de octubre de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que la defensa de Jhonatan Villca Mamani recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique por la cual fue condenado como autor de los delitos de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte y lesiones graves. 2° Que por el recurso se ha invocado como causal principal la del
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica