17º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

GUZMÁN/COLEGIO DE ARQUITECTOS DE CHILE A.G.

Rol

Fecha

6 de mayo de 2024

Materia

CONTRATO, NULIDAD DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial, que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente arbitrio no puede prosperar, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha once de abril del año en curso contra la resolución de fecha nueve del mismo mes. Devuélvase. N°Civil-6.410-2.024.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha once de abril del año en curso contra la resolución de fecha nueve del mismo mes. Devuélvase. N°Civil-6.410-2.024.

Texto Completo (Preview)

rbm C.A. de Santiago Santiago, seis de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial, que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civ

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