TRIBUNAL R. METROPOLITANA. TERCERO

CIDEF COMERCIAL SA CON SII-DIRECCION DE GRANDES CONTRIBUYENTES

Rol

Fecha

2 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto y teniendo además presente: Que por haber sido debidamente escrutadas las probanzas aportadas por el reclamante, apreciadas estas conforme a las reglas de la sana crítica, basado en la multiplicidad, gravedad, precisión, de las mismas y conforme a las razones jurídicas, lógicas, técnicas, que le dan razonabilidad a la decisión adoptada, se llega a la convicción de la insuficiencia de tales antecedentes para acreditar sus pretensiones y desvirtuar las motivaciones que tuvo la administración tributaria para rechazar el reclamo interpuesto. Así, no puede la impugnante imputar al sentenciador las inobservancias y falencias probatorias atribuibles a quien tenía la carga de demostrar su pretensión. Razón por la cual -compartiendo lo decidido por el a quo- estima esta Corte que el recurso de apelación no puede prosperar. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 140 del Código Tributario, se confirma la sentencia apelada de uno de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, en causa RIT GR-17-00193-2017. Regístrese y comuníquese. N°Tributario Y Aduanero-88-2024.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 140 del Código Tributario, se confirma la sentencia apelada de uno de febrero de dos mil veinticuatro, dictada por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, en causa RIT GR-17-00193-2017. Regístrese y comuníquese. N°Tributario Y Aduanero-88-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de mayo de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo además presente: Que por haber sido debidamente escrutadas las probanzas aportadas por el reclamante, apreciadas estas conforme a las reglas de la sana crítica, basado en la multiplicidad, gravedad, precisión, de las mismas y conforme a las razones jurídicas, lógicas, técnicas, que le dan razonabilidad a la decisión

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