ORTIZ/GRANOTEC CHILE
Rol
Fecha
2 de mayo de 2024
Materia
RECARGOS
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Por sentencia de dieciocho de abril de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autos RIT O-7803-2022, se acogió con costas la demanda deducida declarándose injustificado el despido del actor y como consecuencia, se condenó al demandado a pagar al demandante las sumas de dinero que se detallan por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por cuatro años de servicio, recargo legal del 50% del artículo 168, letra b) del Código del Trabajo, junto a los intereses y reajustes pertinentes. En contra de este fallo recurrió de nulidad la parte demandada y fundamenta su recurso en dos causales que deduce de modo conjunto. En primer término invoca la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, en su hipótesis de infracción de ley por vulneración del artículo 162 del mismo cuerpo legal, y en forma conjunta alega la causal del artículo 478 letra e), en relación con el artículo 459 Nº 4 del Código del Trabajo, esto es, omitir el análisis de toda la prueba rendida, los hechos que estime probados y el razonamiento que conduce a esta estimación. En definitiva, solicita se acoja el recurso, procediendo a invalidar la sentencia y se ordene retrotraer la causa a la audiencia de juicio respectiva y/o que la sentencia definitiva la pronuncie un juez no inhabilitado. Declarado admisible el recurso se procedió a su conocimiento en la audiencia del día dos de abril último, oportunidad en que alegó el abogado recurrente.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que la parte demandada fundamenta su recurso en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por la causal de infracción de ley. Este vicio lo hace recaer en los considerandos Quinto y Sexto de la sentencia y denuncia vulnerado el artículo 162 del citado Código del Trabajo, que señala la obligación del empleador de comunicar el despido al trabajador, la causal invocada y los hechos en que funda, siendo su fundamento prevenir la indefensión del trabajador, para que éste tenga la posibilidad de defensa adecuada a sus intereses y, en la especie -alegó-, existió para el trabajador la posibilidad real de refutar, argumentar y rebatir los hechos fundantes contenidos en la carta de despido, pues estuvo en conocimiento de cuales fueron los hechos imputados. Afirma que el tribunal reparó solo en una cuestión meramente formal, basado en un error de tipeo ocurrido en la oficina de Correos de Chile en el comprobante que se emite, sin considerar que el actor sí tuvo, o no pudo menos que tener, conocimiento de los hechos por los que fue despedido y amparado en lo dispuesto en el artículo 162 inciso 8° del referido cuerpo, debió resolver que el actor sí tuvo pleno conocimiento de los hechos por los cuales se lo despidió y como corolario de aquello habría analizado la totalidad de la prueba incorporada en estos autos y se habría conocido el análisis del juez sobre ésta; habría establecido hechos sobre la base a ese análisis (que no realizó) y no otro como el que contiene la sentencia que se impugna y tendríamos a la vista -espetó- el razonamiento que lo lleva a dicha estimación. Segundo: Que como reiteradamente se ha sostenido por esta Corte la causal del artículo 477 tiene como finalidad velar porque el derecho sea correctamente aplicado a los hechos o al caso concreto determinado en la sentencia. En otras palabras, su propósito esencial está en fijar el significado, alcance y sentido de las normas, en función de los hechos que se ha tenido por probados. Tercero: Que en la audiencia preparatoria el tribunal del grado fijó los siguientes hechos no controvertidos: 1) Existió una relación laboral entre las partes, con fecha de inicio el 1 de abril de 2019 y de término el día 11 de noviembre del año 2022, siendo la función del demandante el de operario de producción. 2) El actor fue despedido por la causal prevista en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo. 3) La remuneración de base cálculo para las indemnizaciones es de $772.684. Cuarto: Que en el considerando Quinto del
Fallo
fallo recurrió de nulidad la parte demandada y fundamenta su recurso en dos causales que deduce de modo conjunto. En primer término invoca la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, en su hipótesis de infracción de ley por vulneración del artículo 162 del mismo cuerpo legal, y en forma conjunta alega la causal del artículo 478 letra e), en relación con el artículo 459 Nº 4 del Código del Trabajo, esto es, omitir el análisis de toda la prueba rendida, los hechos que estime probados y el razonamiento que conduce a esta estimación. En definitiva, solicita se acoja el recurso, procediendo a invalidar la sentencia y se ordene retrotraer la causa a la audiencia de juicio respectiva y/o que la sentencia definitiva la pronuncie un juez no inhabilitado. Declarado admisible el recurso se procedió a su conocimiento en la audiencia del día dos de abril último, oportunidad en que alegó el abogado recurrente. Considerando: Primero: Que la parte demandada fundamenta su recurso en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por la causal de infracción de ley. Este vicio lo hace recaer en los considerandos Quinto y Sexto de la sentencia y denuncia vulnerado el artículo 162 del citado Código del Trabajo, que señala la obligación del empleador de comunicar el despido al trabajador, la causal invocada y los hechos en que funda, siendo su fundamento prevenir la indefensión del trabajador, para que éste tenga la posibilidad de defensa adecuada a sus intereses y, en la especie -al
Texto Completo (Preview)
Santiago, dos de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: Por sentencia de dieciocho de abril de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en los autos RIT O-7803-2022, se acogió con costas la demanda deducida declarándose injustificado el despido del actor y como consecuencia, se condenó al demandado a pagar al demandante las sumas de dinero que se detalla
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica