SOCIEDAD EDUCACIONAL SCHULHAUS MONTESSORI SPA CON CAMILA AGUILERA GONZALEZ
Rol
Fecha
2 de mayo de 2024
Materia
CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes se constata que se cumplen con todos los requisitos que el artículo 435 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil exige, procede en consecuencia dar tramitación a la gestión preparatoria. Y visto además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de veintisiete de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo, en la causa Rol 284-2023 que no dio curso a la gestión preparatoria y, se declara que el tribunal a quo deberá pronunciarse derechamente acerca de la solicitud de que se trata, por juez no inhabilitado. Devuélvase. N°794-2023-civil
Fallo
se declara que el tribunal a quo deberá pronunciarse derechamente acerca de la solicitud de que se trata, por juez no inhabilitado. Devuélvase. N°794-2023-civil
Texto Completo (Preview)
Dejo constancia que alegó revocando el abogado Álvaro Felipe Hernández Pieper. San Miguel, 2 de mayo de 2024. Pablo Villar Maureira, relator. San Miguel, dos de mayo de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 14: A todo, téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes se constata que se cumplen con todos los requisitos que el artículo 435 inciso segundo del Código de Procedimien
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica