SIN INFORMACION

RODRÍGUEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION (LTE)

Rol

Fecha

26 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Pedro José Contreras Herrera, abogado jefe de la Oficina de Derechos Humanos de la Corporación de Asistencia Judicial, en representación de don Julio de Jesús Rodríguez Leal, venezolano, de 69 años, documento nacional de identidad N°4.177.923, domiciliado para estos efectos en calle Agustinas 1419, segundo piso, Santiago, Región Metropolitana, interpone acción de reclamación de expulsión, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 141 de la ley N° 21.325 y 164 del Reglamento de la misma ley, en contra de la Resolución Exenta N° 55.398 de 6 de diciembre de 2023 dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, domiciliado en calle San Antonio N° 580 de la comuna de Santiago. Refiere que el señor Rodríguez decidió viajar a Chile desde Venezuela para encontrarse con sus hijos y pareja, quienes ya se encontraban en territorio nacional. Con este propósito salió de Venezuela el día 27 de abril de 2021, dirigiéndose a pie, para luego ingresar a Chile por un paso no habilitado el día 28 de mayo de 2021, a través de Colchane. Según el relato del recurrente el motivo de su ingreso por paso no habilitado fue el haber sido víctima del robo de sus documentos en Cúcuta, Venezuela. Una vez en Chile, se dirigió a la ciudad de Santiago, donde se encontró con su pareja, la Sra. Olga Marina Jaimes Vascos y con su hija Daysmari Dariangela Rodríguez Jaimes, así, se radicó en los Atacameños N° 2401, comuna de Renca, Santiago. Explica que, el 6 de enero de 2023, se acercó a dependencias de la Policía de Investigaciones para realizar la Declaración Voluntaria de Ingreso Clandestino, migratorios; tal como consta en el Informe Policial N°239 de 13 de enero de 2023. Con fecha 18 de abril de 2023, el Servicio Nacional de Migraciones mediante el Oficio Ordinario N°32.419 dio inicio a un procedimiento sancionatorio, seguido en su contra atendido el ingreso irregular del recurrente, este acto fue notificad

Fundamentos

considerando 3 de la Resolución Exenta N°55.398 que adjunta. En relación a la situación migratoria del Sr. Rodríguez, el 6 de diciembre de 2023, el Servicio Nacional de Migraciones, invocando el artículo 132 de la Ley N°21.325, dictó la Resolución Exenta N°55.398, la cual ordena la expulsión de su representado del territorio nacional. Este acto administrativo fue notificado el 31 de enero de 2024, en dependencias de la Jefatura Nacional de Migraciones y Policía Internacional, ubicada en Av. San Francisco N°253, comuna de Santiago. En relación con las circunstancias que la arraigan al país, el recurrente integra un grupo familiar con las siguientes personas: la Sra. Olga Marina Jaimes Vascos, venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°27.849.259-1, pareja del recurrente, con permanencia definitiva en trámite y sus hijos, Darwin Daniel Rodríguez Jaimes, venezolano, cédula de identidad para extranjeros N°26.378.612-2 con permanencia definitiva; Darianyela Dariana Rodríguez Jaimes, venezolana, cédula de identidad para extranjerosN°27.129.397-6 con permanencia definitiva en trámite; Daysmari Dariangela Rodríguez Jaimes, venezolana, cédula de identidad para extranjeros N°27.537.294-3 con permanencia definitiva y Darwinson David Rodríguez Jaimes, venezolano, cédula de identidad para extranjeros N°28.143.830-1 con visa temporaria, y su nieta, Jheysmari de los Ángeles Rodríguez Rodríguez, chilena, cédula nacional de identidad N°26.586.704-9 Respecto a la situación migratoria, tanto los hijos como la pareja declaran contar con visa temporal y permanencia definitiva; se añade que el recurrente de autos, hasta su orden de expulsión se encontraba en tramitación de visa temporaria. Respecto de la situación económica del Sr: Rodríguez, el hijo del recurrente, el Sr, Darwin Daniel Rodríguez Jaimes, suscribió una declaración jurada de expensas donde señala que él se hace cargo de la mantención económica de su padre. Esta declaración fue firmada con fecha 09 de febrero de 2024 ante el Sr. Juan Luis Saiz del Campo, notario público de la 28° Notaría de Santiago. En cuanto a los antecedentes de salud del recurrente, este se encuentra debidamente inscrito en el Servicio de Salud Huamachuco ubicado en la comuna de Renca, cuenta con el RUT provisorio N° 41.309.213-2 y lleva un tratamiento contra la “Hiperplasia prostática” Respecto a sus antecedentes penales, según el relato del recurrente, este carece de antecedentes penales u otros asuntos pendientes con las autoridades en su país de origen. Se indica que la resolución de expulsión no ponderó adecuadamente los antecedentes para disponer esa medida, pues consideró que el extranjero ingresó por paso no habilitado, pero no tiene antecedentes penales, no registra infracciones migratorias, tiene hijos con residencia o radicados en Chile, por lo que no supone una amenaza a los bienes jurídicos públicos y su expulsión afecta la unidad de la familia. Por lo tanto se solicita tener presentada la reclamación contr

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 141 de la ley N° 21.325 se acoge la reclamación presentada en favor de Julio de Jesús Rodríguez Leal en contra de la resolución exenta N° 55.398 de 6 de diciembre de 2023 dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, y en consecuencia, se deja sin efecto la orden de expulsión dictada en su contra. Redactó la ministra Mireya López Miranda. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. N°Contencioso Administrativo-121-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Pedro José Contreras Herrera, abogado jefe de la Oficina de Derechos Humanos de la Corporación de Asistencia Judicial, en representación de don Julio de Jesús Rodríguez Leal, venezolano, de 69 años, documento nacional de identidad N°4.177.923, domiciliado para estos efectos en call

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