LEVANCINI/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.
Rol
Fecha
26 de abril de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece Ariel Schapiro Bortnik, abogado, por Patricio Alberto Levancini Konitzki, y recurre de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., representada legalmente por Nicolas Donoso Serrano, por el acto ilegal y arbitrario de otorgarle cobertura y acceso limitada y discriminatoria para las atenciones de salud mental en su plan de Salud. Señala que el recurrente se encuentra afiliado a la Isapre recurrida a través de un plan de salud que contrató sin preexistencias ni restricciones. Relata que antes de la entrada en vigencia de la ley 21.331, publicada con fecha 11 de mayo de 2021, el artículo 190 del D.F.L. Nº 1 del Ministerio de Salud, de 2005, permitía a las Isapres crear planes de salud que contemplen coberturas reducidas para determinadas prestaciones sin diferenciar, artículo en virtud del cual, las Isapres han establecido en sus planes de salud coberturas reducidas para el conjunto de prestaciones asociadas a la salud mental. Añade que el 8 de Noviembre de 2021, la Superintendencia de Salud dicto la Circular 396, la cual tuvo por objeto ajustar las normas administrativas vigentes sobre la cobertura que debe otorgar el plan de salud a las atenciones de salud mental, conforme la Ley Nº21.331, asegurándose así que los nuevos planes de salud suscritos no otorguen a estas prestaciones una cobertura inferior a la que se contempla para las enfermedades físicas. Asevera que la decisión injustificada y discriminadora de dar cobertura limitada a las prestaciones psicológicas y psíquicas por el solo hecho de tener un plan antiguo, constituye un actuar ilegal y arbitrario, discriminatorio y vulneratorio del artículo 3 de la Ley Nº21.331. Considera vulneradas las garantías previstas en el artículo 19 numerales 1, 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Solicita se ordene que la Isapre recurrida deberá dejar sin efecto la aplicación de este criterio de cobertura limitada y dar cobertura completa a todas las prestaciones de salud mental, sin excepción y sin limitación alguna, de la misma forma que las demás prestaciones, con costas. Segundo: Informa por la recurrida, María Bernardita Donoso Alarcón, quien solicita el rechazo del recurso. Asevera de una parte que no existe acto ilegal o arbitrario en su contra con motivo de mantener al recurrente en su actual plan de salud con las coberturas voluntariamente contratadas por el recurrente, y por otra parte, que la Ley establece un procedimiento especial para conocer de los hechos reclamados que se encuentra establecido en el Decreto con Fuerza de Ley N° 5 del año 2005 del Ministerio de Salud. Sostiene que el artículo 190 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 del año 2005, del Ministerio de Salud, que permite a las Isapres crear planes de salud que contemplen coberturas reducidas para determinadas prestaciones, no ha perdido vigencia. Añade que la Circular IF N° 396 de la Superintendencia de Salud esta referida a los nuevos planes de salud suscri
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20, ambos de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección constitucional deducido a favor de Patricio Alberto Levancini Konitzki y en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-1685-2024. En Santiago, veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de abril de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Ariel Schapiro Bortnik, abogado, por Patricio Alberto Levancini Konitzki, y recurre de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., representada legalmente por Nicolas Donoso Serrano, por el acto ilegal y arbitrario de otorgarle cobertura y acceso limitada y discrimin
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica