Juzgado de Letras de Limache

VICENCIO/VILLALOBOS

Rol

C-12-2019

Fecha

12 de enero de 2023

Materia

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: I.- Del incidente de nulidad. Que a lo principal de la presentación de fecha 11 de febrero de 2022, compareció doña María Soledad Villalobos Ottesen, cédula de identidad N°8.727.746-1, domiciliada en Parcela N°29, calle Ranco, Sector Los Pinos, Reñaca, Viña del Mar, en representación de la Sucesión Hereditaria de Lars Dan Sorensen Halsen, interpuso incidente de nulidad de la notificación por avisos, en atención a los siguientes argumentos de hecho y derecho: Fundó su incidencia señalando que es una mujer de 62 años, que enviudó con fecha 16 de febrero del año 2017, y que con ocasión de la muerte de su cónyuge Lars Dan Sorensen Halsen, ha tenido que asumir una serie de litigios, y el día de ayer le informa su ejecutivo bancario que tiene un embargo judicial por casi $25.000.000.-, en la causa RIT , derivado de las acciones interpuestas por don Escequiel del Carmen Vicencio Cuadro, en el presente juicio. Indicó que esta causa se tramitó en total rebeldía de su persona, con una serie de irregularidades de forma (una de las cuales sirve de fundamento al presente incidente) y también de fondo, por ello que viene en interponer incidente de previo y especial pronunciamiento consistente en la nulidad de la notificación por avisos practicada en estos autos a su persona, y, por tanto, de todas las actuaciones posteriores a la notificación viciada. Hechos que constituyen el vicio que se reclama . Expuso que en la demanda se señala que su domicilio es el Canal Beagle Nº 522, comuna de La Florida, Santiago, el cual no corresponde a su domicilio. Sin perjuicio de lo anterior, tampoco se pudo notificar la demanda, dado que el funcionario notificador del Primer Juzgado de Letras de Santiago, estampó que no se pudo llevar a efecto esta diligencia al no encontrar la numeración. Posteriormente, el demandante señaló como su domicilio el ubicado en “Parcela 29, Hacienda Reñaca, Viña del Mar, V Región”, el cual, pese a algunas imprecisiones en la referencia al mismo, correspon

Fundamentos

fundamentos de su pretensión, el incidentista rindió únicamente prueba documental, consistente en: i.- Prueba instrumental: 1.- Copia de estampe de notificación de receptora judicial doña Viviana Mac Lean Vargas, de fecha 13 de noviembre de 2018, en causa Rol C-4707-2018 del 2° Juzgado Civil de Viña del Mar. 2.- Copia de estampe de notificación de receptora judicial doña Viviana Mac Lean Vargas, de fecha 22 de noviembre de 2018, en causa Rol C-4707-2018 del 2° Juzgado Civil de Viña del Mar. 3.- Copia de estampe de notificación de receptor judicial don Atilio Hervia Jorquera, de fecha 13 de enero de 2022, en causa Rol C-3305-2021 del 1° Juzgado Civil de Viña del Mar. 4.- Copia de estampe de notificación de receptor judicial don Naldo Cáceres López, de fecha 09 de octubre de 2019, en causa Rol C-2091-2019 del 3° Juzgado Civil de Viña del Mar. 5.- Copia de estampe de notificación de receptor judicial don Atilio Hervia Jorquera, de fecha 10 de junio de 2019, en causa Rol C-2599-2019 del 3° Juzgado Civil de Viña del Mar. Código: JVKKXDFLFKE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 6.- Copia de estampe de búsqueda de receptora judicial doña Viviana Mac Lean Vargas, de fecha 18 de marzo de 2019, en causa Rol C-543-2019 del 4° Juzgado Civil de Valparaíso. 7.- Copia de estampe de búsqueda de receptora judicial doña Viviana Mac Lean Vargas, de fecha 20 de marzo de 2019, en causa Rol C-543-2019 del 4° Juzgado Civil de Valparaíso. 8.- Copia de estampe de notificación de receptora judicial doña Viviana Mac Lean Vargas, de fecha 1 de abril de 2019, en causa Rol C-543-2019 del 4° Juzgado Civil de Valparaíso. 9.- Estampe de receptora judicial doña Viviana Aladina Mac Lean Vargas en los autos Rol C-4707-2018 del 2° Juzgado Civil de Viña del Mar, donde certifica búsquedas positivas a doña María Soledad Villalobos Ottensen en su domicilio ubicado en Calle Ranco, Parcela 29, Los Pinos, Viña del Mar. 10.- Estampe de receptora judicial doña Viviana Aladina Mac Lean Vargas en los autos Rol C-4707-2018 del 2° Juzgado Civil de Viña del Mar, donde notifica en virtud del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil a doña María Soledad Villalobos Ottensen en su domicilio ubicado en Calle Ranco, Parcela 29, Los Pinos, Viña del Mar. 11.- Estampe de receptor judicial don Atilio Secundino Hervia Jorquera en los autos Rol C-3305-2021 del 1° Juzgado Civil de Viña del Mar, donde notifica personalmente a doña María Soledad Villalobos Ottensen en su domicilio ubicado en Calle Ranco, Parcela 29, Los Pinos, Viña del Mar. 12.- Estampe de receptor judicial don Naldo Homero Cáceres López en los autos Rol E-2091-2019 del 3° Juzgado Civil de Viña del Mar, donde certifica búsquedas positivas a doña María Soledad Villalobos Ottensen en su domicilio ubicado en Calle Ranco, Parcela 29, Los Pinos, Viña del Mar. 13.- Estampe de receptor judicial don Atilio Secundino Hervia Jorquera en los autos Rol C-2599-2019 del 3° Juzg

Fallo

por tanto, de todas las actuaciones posteriores a la notificación viciada. Hechos que constituyen el vicio que se reclama . Expuso que en la demanda se señala que su domicilio es el Canal Beagle Nº 522, comuna de La Florida, Santiago, el cual no corresponde a su domicilio. Sin perjuicio de lo anterior, tampoco se pudo notificar la demanda, dado que el funcionario notificador del Primer Juzgado de Letras de Santiago, estampó que no se pudo llevar a efecto esta diligencia al no encontrar la numeración. Posteriormente, el demandante señaló como su domicilio el ubicado en “Parcela 29, Hacienda Reñaca, Viña del Mar, V Región”, el cual, pese a algunas imprecisiones en la referencia al mismo, corresponde efectivamente a Código: JVKKXDFLFKE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl su domicilio. Sin perjuicio de lo anterior, el funcionario notificador del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso estampó que no se pudo llevar a efecto porque no encontró la dirección, ya que faltaba referencia del domicilio (E-443-2017 del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso). Continuó señalando que el demandante insistió y ratificó como su domicilio el señalado en el párrafo anterior, agregando “Parcela 29, Hacienda Reñaca, Viña del Mar V Región, (al límite de Concón)”, el que es su domicilio, pese a algunas imprecisiones, ya que no logra identificar aún que se trata del sector Los Pinos, y, nuevamente, el funcionario notificado

Texto Completo (Preview)

Limache, once de enero de dos mil veintitrés. A la presentación ingresada por la OJV con fecha 9 enero de 2023: Como se pide, estese al mérito de lo que se resolverá a continuación. Resolviendo el incidente de nulidad deducido el 11 de febrero de 2022, a folio 74 del cuaderno principal, por doña María Soledad Villalobos Ottesen: Visto: I.- Del incidente de nulidad. Que a lo principal de la prese

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica