MINISTERIO PUBLICO C/ CRISTOFER ANDRES ISAAC TUPA AYCA
Rol
Fecha
26 de abril de 2024
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes,
Fundamentos
considerando que se encuentra establecido los delitos materia de la formalización, en tanto existe la droga en gran cantidad y la presencia de vehículos franquiciados fuera de zona franca sin las autorizaciones correspondientes, como asimismo presunciones fundadas de participación derivadas de las circunstancias de la detención y en especial las declaraciones de los coimputados, sobre todo la del hermano de la persona sujeto del recurso, por lo que el debate se centra en la necesidad de cautela y en la eventual morigeración de ésta por la circunstancia de que la imputada tiene hijo lactante, que su privación de libertad dejó en abandono a otros hijos menores de edad y eventuales represalias. Así las cosas, considerando la gravedad del delito, tanto por tratarse de un crimen, como por la cantidad de droga incautada y la organización que se aprecia en su traslado, el número de delitos y el hecho de obrar en grupo o pandilla son suficientes para estimar que la libertad de la imputada es un peligro para la seguridad de la sociedad, siendo la medida decretada proporcional al hecho y a la eventual responsabilidad, no afectándose esto por las circunstancias alegadas por la defensa, teniendo presente que la imputada participa en el hecho con su hijo lactante, y decidió participar en el mismo no como parte pasiva sino que convocó a terceros inclusive, y que respecto de los eventuales riesgos Gendarmería optó las medidas de resguardo adecuadas, no existiendo otras circunstancias que morigeren la responsabilidad y hagan desproporcionar la medida, sólo procede confirmar la resolución en alzada.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada con fecha dieciocho de abril del año en curso, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada CAROLINA ANGÉLICA VILLEGAS VILLEGAS. Regístrese y comuníquese. Rol 822-2024 (PENAL)
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA En Antofagasta, a veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, integrada por los Ministros Titulares Juan Opazo Lagos, Eric Sepúlveda Casanova y el Abogado Integrante Carlos Cabezas Cabezas, se da inicio a la audiencia del recurso de apelación deducido por el abogado defensor penal público Juan Montenegro Aleg
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica