SIN INFORMACION

LUIS ORLANDO AGUILERA CASTILLO / SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DE SAN BERNARDO

Rol

Fecha

26 de abril de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Luis Orlando Aguilera Castillo, domiciliado en Pasaje Valencia N°1914, villa España, La Pintana, quien deduce acción constitucional de amparo en contra del 2° Juzgado de Letras de San Bernardo. Señala que en causa RIT 52939-2001, el tribunal recurrido mantiene vigente una orden de arraigo en su contra, en circunstancias que desde octubre de 2023 está esperando el desarchivo de la causa y el alzamiento de la medida, sin que el tribunal le entregue una respuesta al respecto. Pide que se acoja la acción y se desarchiven los antecedentes a fin de que se alce la medida. Segundo: Que informa al tenor del recurso la magistrada Cristina Gatica Gutiérrez, Jueza Titular del 2° Juzgado de Letras de San Bernardo. Indica que, por resolución de 29 de noviembre de 2023, se declaró prescrita la pena a que fue condenado el recurrente por sentencia de 28 de junio de 2002. Explica que dicha resolución se elevó en consulta ante esta Corte, manteniéndose en tramitación bajo el Rol 3637-2023. Tercero: Que, a su vez, informa la Policía de Investigaciones de Chile, señalando que el recurrente registra una orden de arraigo de pleno derecho por el delito de porte ilegal de armas, en relación a la causa Rol 52939 de 16 de junio de 2001, emanada del 2° Juzgado de Letras de San Bernardo. Cuarto: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega su inciso tercero que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o am

Fundamentos

considerando que el propio amparado indica que en octubre presentó solicitud de alzamiento de la medida y en noviembre el tribunal decretó la prescripción, elevando los antecedentes ante esta Corte, según lo mandata el Código de Procedimiento Penal, encontrándose, por ende, su petición, bajo el amparo del derecho.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Luis Orlando Aguilera Castillo en contra del 2° Juzgado de Letras de San Bernardo. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°285-2024 Amparo

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiséis de abril de dos mil veinticuatro: Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Luis Orlando Aguilera Castillo, domiciliado en Pasaje Valencia N°1914, villa España, La Pintana, quien deduce acción constitucional de amparo en contra del 2° Juzgado de Letras de San Bernardo. Señala que en causa RIT 52939-2001, el tribunal recurrido mantiene vigente una orden de arraigo e

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