CORNEJO ALARCÓN, HÉCTOR ENRIQUE/CARABINEROS DE CHILE
Rol
Fecha
26 de abril de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, Héctor Enrique Cornejo Alarcón, funcionario de Carabineros de Chile en retiro temporal, interpuso recurso de protección en contra de Carabineros de Chile y en contra del Teniente Coronel Juan Escobar Cisterna, oficial de Carabineros de Chile, Fiscal del sumario administrativo Nº 17675/202171, de dotación de la Prefectura de Carabineros de Coquimbo, por la excesiva tardanza en la tramitación del sumario administrativo Nº 17675/2021171 de 27 de octubre de 2022, seguido en su contra, que lo mantiene en situación de retiro temporal no voluntario desde esa época, sin que a la fecha existan antecedentes legales y normativos que justifiquen tal medida. Preliminarmente hace presente que la acción ha sido interpuesta oportunamente, considerando que la afectación de las garantías del recurrente es de carácter permanente. Luego, expone que durante más de 17 años fue funcionario activo de Carabineros de Chile, perteneciente a la Planta de Oficiales, desempeñándose en su último cargo como sub jefe de la 5ª Comisaria de Carabineros de Vicuña, hasta el mes de noviembre del año 2022, alcanzando a esa época el grado de Capitán, manteniendo durante toda su trayectoria funcionaria una conducta intachable y una calificación meritoria. Puntualiza que desde el 10 de noviembre de 2022, fue liberado del servicio (llámese también retiro temporal, separado del cargo o dado de baja) por hechos que revistieron características de delitos, de los cuales fue absuelto tanto en la Justicia Militar como en la ordinaria, en esta última por requerimiento del Ministerio Público y ratificado por el Juzgado de Garantía de Vicuña, hechos por los cuales se instruyó el correspondiente sumario administrativo cuya tramitación fue suspendida, atendido que los hechos fueron debidamente denunciados (acoso sexual). Añade que Carabineros de Chile el 09 de noviembre de 2022, lo llamó a retiro temporal y notificado de aquella decisión a través de un acta de llamado al servicio, Documento Electrónico N.C.U. 171240069, de 08 de noviembre de 2022 del Departamento de Personal de Nombramiento Supremo (P.1), que señala que la Dirección Nacional de Personal ha iniciado la tramitación de su retiro temporal en virtud a lo previsto en el Artículo 40, letra A, de la Ley N° 18.961, en concordancia con el artículo 109, letra E, del Decreto con Fuerza de Ley N° 2 del año 1968, letra B) del Reglamento de Ascensos. Seguidamente, Carabineros de Chile el 7 de diciembre de 2022, por medio de la Prefectura de Coquimbo, dicta la Resolución Nº 1.300, que decreta la suspensión del procedimiento administrativo, invocando como fundamento lo dispuesto en Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile en su artículo 84 ter inciso final que establece que: “Con todo, se suspenderá la tramitación del procedimiento disciplinario y el plazo de prescripción de su acción si respecto de los hechos que lo motivaron se formula denuncia o querella por un hecho constitutivo de delito, e
Fallo
Por estas consideraciones solicita se acoja el recurso, disponiendo a Carabineros de Chile un plazo perentorio para que finalice el proceso sumarial y de conformidad con tal resultado, se determine su reincorporación. Acompaña los siguientes documentos: 1.- Acta de notificación de Liberación del servicio de personal de nombramiento supremo llamado a retiro temporal, de 9 de noviembre de 2022 de la 5ª Comisaría de Carabineros de Vicuña; 2.- Decreto Exento RA Nº 280/486/2023 de la Subsecretaría del Interior que dispone su retiro temporal de Carabineros de Chile; 3.- Acta de Notificación del Decreto de retiro temporal, de 6 de febrero de 2023, de Carabineros de Chile; 4.- Escrito presentado el 10 de enero de 2024, ante la Prefectura de Carabineros de Coquimbo, solicitando conocer el estado de tramitación del Sumario Administrativo; 5.- Escrito del Fiscal Juan Rubén González Tobar de la Fiscalía Local de Vicuña, que somete a aprobación del Juez de Garantía de Vicuña, su decisión de no perseverar en la investigación penal de los hechos denunciados por Carabineros que son materia de la presente acción constitucional. RUC 2201068566-8 por no ser constitutivos de delito (documento descargado de la página del Poder Judicial RIT 716-2022); 6.- Resolución en causa RIT 716-2022, de 2 de diciembre de 2022, de Juzgado de Garantía de Vicuña, que aprueba la decisión del Ministerio Público de abstenerse de toda investigación por no ser constitutivos de delito los hechos sobre los que recae l
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Cornejo Alarcón, Héctor Enrique Carabineros de Chile Recurso de Protección Rol N° 217-2024.- La Serena, veintiséis de abril de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, Héctor Enrique Cornejo Alarcón, funcionario de Carabineros de Chile en retiro temporal, interpuso recurso de protección en contra de Carabineros de Chile y en contra del Teniente Coronel Juan Escobar Cisterna, ofi
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